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El letrado del principal acusado, Roque Esteban García, abraza a Juan Francisco Luzardo tras dictar sentencia Cober

Crimen de María Eleyda: homicidio imprudente y cuatro años de prisión

Tribunales ·

El jurado popular entiende que Juan Francisco Luzardo actuó de forma violenta pero sin intención de matar a su bebé

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 21 de marzo 2025, 01:00

El jurado popular ha declarado este viernes a Juan Francisco Luzardo Santana culpable de un delito de homicidio por imprudencia por la muerte de su hija, la pequeña María Eleyda, de tan solo tres meses de edad, ocurrida el 29 de abril de 2023 en Puerto del Rosario, Fuerteventura. Juan Francisco ha sido condenado a cuatro años de prisión por este delito, además del pago de una multa de 1.980 euros por abandono de familia, tal y como adelantó 'in voce' el magistrado Miguel Ángel Parramón. El fallo atendió a la tesis planteada desde el inicio por el letrado del acuasado, Roque Esteban García. La madre de la menor fallecida, Brenda Jiménez Ruiz Berdejo, también ha sido declarada culpable de abandono de familia y se enfrenta a la misma pena económica.

La decisión llega tras una intensa semana de juicio en la que se ha expuesto el estado en el que vivía la bebé, con signos claros de abandono, desnutrición y una dermatitis severa que le provocaba un llanto constante. Según el relato de hechos aceptado por el jurado, ese día la pequeña no cesaba de llorar debido al dolor y malestar que sufría, y Juan Francisco, en un intento de calmarla, la zarandeó con fuerza. Esa acción violenta, ejecutada sin ninguna precaución, le causó lesiones internas graves, entre ellas una hemorragia craneal y un edema pulmonar, que derivaron en su muerte poco después.

El jurado entendió que el acusado no actuó con intención de acabar con la vida de su hija, pero sí de manera gravemente imprudente, sin ser consciente del riesgo que asumía al tratar de ese modo a un bebé de solo tres meses. La muerte se produjo, por tanto, como consecuencia directa de su falta de cautela y previsión.

Además, el jurado ha considerado acreditado que tanto Juan Francisco como Brenda desatendieron de manera grave y prolongada las necesidades básicas de la niña, manteniéndola en un entorno insalubre y sin recibir la atención médica y los cuidados mínimos que requería, como expuso también la fiscal Carmen Julia González.

Contundencia

Entrando en detalles, durante la lectura del veredicto, el jurado entendió que no había suficientes pruebas para demostrar que el acusado mató de forma consciente a su hija, ha indicado su portavoz. Según los hechos probados por mayoría, sobre las 20.00 horas del 29 de abril de 2023 la pequeña comenzó a llorar fuertemente y, al no lograr el procesado calmarla, la empezó a zarandear con «extrema violencia» hasta que de manera súbita perdió el conocimiento.

Por unanimidad, el veredicto declaró que «lejos de llevar de inmediato» a la niña al centro de salud, situado a escasos metros de su casa, su padre la dejó en la cama durante más de una hora, procediendo acto seguido a retirarse al salón a fumarse un porro.

Pasadas dos horas, sobre las 22.45 horas, al percatarse de que no despertaba, el procesado entró al dormitorio y vio que estaba «fría, no respiraba y tenía sangre en la nariz», por lo que fue entonces cuando la llevó a que la atendieran en el centro sanitario.

La causa de la muerte fue como consecuencia del zarandeo violento que sufrió la pequeña, que le provocó una hemorragia craneal y un edema pulmonar, hecho que también fue probado de forma unánime por el jurado, que se pronunció en contra de que el padre de la niña reciba el beneficio de un indulto o, incluso, de la suspensión de la pena.

El jurado también admitió por unanimidad que los dos acusados fumaban cocaína y porros en el domicilio familiar en presencia de la menor a la que manipulaban sin tomar precauciones higiénicas, exponiéndola a una posible contaminación, y que por ello se halló en su orina restos de cocaína cuando se le practicó la autopsia.

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