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Imagen de archivo de la iglesia del Fondillo. Juan Carlos Alonso
Orden de derribo de la obra ilegal de Rafael Hernández en El Fondillo
Las Palmas de Gran Canaria

Orden de derribo de la obra ilegal de Rafael Hernández en El Fondillo

La reforma sin licencia del inmueble para hacer un albergue social puede ser sancionada con multas entre los 600 y los 30.000 euros

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 6 de diciembre 2024, 23:01

La directora general de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, María Gracia Pedrero, ha emitido una resolución por la que ordena a la ONG Oportunidades de Vida el «restablecimiento de la legalidad urbanística» en el edificio del Fondillo que se reformó y amplió para ser utilizado como albergue social junto a la iglesia evangelista. El Consistorio dicta la demolición de las obras que promovió el anterior presidente de la Coordinadora de Organizaciones Agrícolas y Ganaderas (COAG) de Canarias, Rafael Hernández, quien está siendo investigado por la presunta explotación laboral de menores migrantes en fincas agrícolas de su propiedad.

En septiembre, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en otra resolución de la misma dirección general, había acordado el restablecimiento de la legalidad y daba un plazo de dos meses para hacerlo.

Transcurrido este tiempo, el pasado 26 de noviembre un técnico municipal, en compañía de la Policía Local, comprueba que la obra de reforma y ampliación del inmueble del Fondillo se mantenía igual. Por eso, desde el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se emite hora la orden de «restablecimiento de la legalidad urbanística mediante la demolición de las obras realizadas sin los títulos habilitantes».

La orden que emite ahora el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria otorga un plazo voluntario de un mes para que el promotor acometa su demolición. En caso de no hacerlo, el Consistorio se reserva el derecho de realizarla por su cuenta y exigirle el importe de los gastos, daños y perjuicios, tal y como contempla la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Hasta diez multas

Al margen de esto, la organización Oportunidades de Vida se enfrenta, en caso de incumplimiento de esta orden, a la imposición por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de hasta un máximo de diez multas coercitivas, en una cuantía que oscila entre los 600 y los 3.000 euros cada una de ellas, tal y como está fijado en la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. La norma dicta que estas multas, que se aplicarán cada mes, «se impondrán con independencia de las que puedan imponerse con ocasión del correspondiente expediente sancionador».

El inmueble denunciado en el expediente municipal está situado en la calle Camilo José Cela 5. Se trata de una construcción de «tres plantas de altura bajo rasante con volúmenes adicionales sobre cubierta plana transitable (que conecta, a la misma cota, con planta bajo rasante de edificación existente)». Las obras denunciadas se ejecutaron «sin título habilitante».

La obra, que estaba destinada a convertirse en un albergue social, fue paralizada y precintada en marzo de 2024 como consecuencia de una inspección por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. La actuación inspectora del Consistorio detectó que la reforma carecía de los permisos necesarios.

Cuando se efectuó la inspección del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria los trabajos de construcción del inmueble estaban inacabados. Sin embargo, como cita la resolución municipal, «la ampliación realizada sin título habilitante sobre la edificación existente, se encuentra terminada y en uso».

La ONG ya fue desalojada este verano del colegio que ocupaba en el mismo barrio.

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