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Imagen de archivo de una reunión entre la Fecam y la Consejería de Turismo. C7
La Fecam propone eliminar la unidad de explotación y abrir los complejos al alquiler individual

La Fecam propone eliminar la unidad de explotación y abrir los complejos al alquiler individual

Su objetivo es evitar que se den de baja las 25.000 viviendas vacacionales que se estima, operan hoy en día en las zonas turísticas de Canarias

Javier Sheng Pang Blanco

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 27 de febrero 2025, 23:07

La Federación Canaria de Municipios (Fecam) propondrá, a través de sus enmiendas a la ley de vivienda vacacional, que los 25.000 pisos turísticos que de forma irregular operan hoy en las zonas turísticas de Canarias en apartamentos de uso turístico puedan darse de baja como tales una vez entre en vigor la norma «e inmediatamente después» iniciar su comercialización de forma independiente e individual sin estar sujetos a la unidad de explotación en cuanto a su comercialización.

Con esta iniciativa, se conseguiría evitar que se den de baja «bruscamente» 25.000 viviendas vacacionales que se encuentran en suelo turístico y quede en un limbo, según recogen las enmiendas que presentará la Fecam a la Ley de la vivienda vacacional.

En el informe de las alegaciones se aboga por terminar con la unidad de explotación bajo la premisa de que es la propia Consejería de Turismo quien quiere poner fin a esta fórmula que recoge la ley de turismo de 1995.

Esta afirmación se rechaza categóricamente desde la propia Consejería. Desde el Gobierno de Canarias se considera la unidad de explotación «un elemento vital» para mantener la calidad de los establecimientos turísticos y que se consolidará en una nueva ley que pretende agrupar las leyes de turismo de 1995 y 2013.

Para el presidente de la Asociación de Empresarios de Alojamientos Turísticos de Las Palmas, Fernando Estany (AEAT), el objetivo de la Fecam con esta propuesta es «cargarse» la unidad de explotación, «jugando al despiste» atribuyéndoselo a la Consejería de Turismo.

Estany entiende que un apartamento que se pueda explotar de forma individual cumple la misma función que una vivienda vacacional, al gestionarse por «tus propios medios y dando los servicios que el propietario quiera, no los que exige la normativa. La idea que tienen es déjame hacer lo mismo aunque lo llames de forma diferente», denuncia el presidente de la AEAT.

La Ley de Vivienda Vacacional, a debate el 14 de marzo

La Mesa del Parlamento de Canarias ha acordado prorrogar el plazo para la presentación de las enmiendas a la totalidad de la Ley de vivienda vacacional, ralentizando la tramitación de urgencia establecida originalmente. La nueva fecha límite es el 10 de marzo a las 23.59 horas y la Ley se debatirá en el Parlamento el 14 de marzo.

En este caso, Estany defiende que se tendría que crear una nueva modalidad que distinga a los apartamentos individuales de los que forman parte de la unidad de un complejo turístico.

En su documento de enmiendas, la Fecam señala que en el caso de las zonas turísticas, los suelos residenciales tienen como finalidad, con carácter general, ofrecer a no residentes la posibilidad de adquirir una vivienda en Canarias, por lo que no son suelos destinados al mercado de vivienda para alquiler a trabajadores, por su tipología, ubicación o coste.

Además, remarcan que «tradicionalmente» se ha buscado evitar la convivencia de turistas y trabajadores en el mismo espacio dadas sus distintas necesidades y hábitos.

Con este fin, proponen que en las zonas turísticas, el techo máximo de viviendas vacacionales se determine por el análisis de la carga turística de la zona, bajo previo informe favorable del Cabildo correspondiente. Por otra parte, dictaminan que en los municipios con zonas turísticas, pero fuera de ellos, como puede ser San Fernando o Tunte en San Bartolomé de Tirajana, resulta más importante preservar el resto de las viviendas para residentes de larga estancia o trabajadores.

Por ello, la Fecam propone que se excluya el uso turístico de estas viviendas cuando el número de viviendas vacacionales en la zona exceda del 10% de viviendas del municipio.

En definitiva, defienden que en lugar de un límite general del 10%, el límite en las zonas turísticas debe ser superior y en las zonas residenciales de estos municipios, «muy inferior o inexistente».

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