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Bomberos de Las Palmas de Gran Canaria sofocan el incendio de un contenedor de basura. C7
Si trabajó como sargento de bomberos, que cobre como tal

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Una sentencia condena al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a pagar a un cabo 480,51 extras por el tiempo que sustituyó a un sargento

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 5 de marzo 2024, 01:00

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 6 condena al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a pagar a un cabo de Bomberos 480,51 euros extras en concepto de diferencia retributiva por el tiempo en que desempeñó tareas propias de sargento entre 2019 y 2022.

En concreto, la sentencia de 27 de febrero, contra la que no cabe la interposición de recurso alguno, obliga al Consistorio a abonar las diferencias salariales que existen en dos complementos (específico y destino) de la nómina que percibe un cabo y un sargento del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS) de Las Palmas de Gran Canaria. El juzgado reconoce el derecho del cabo a cobrar lo mismo que el sargento, en lo referido a estos dos complementos salariales, durante aquellas jornadas de trabajo (89 días) en las que el cabo sustituyó al sargento en el parque central de Miller Bajo.

El cabo había reclamado el pago de esta diferencia retributiva, pero el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se negó a ello. La resolución emitida por la directora general de Administración Pública, que rechazaba el pago de los 480,51 euros en 2022, es la que ahora anula el Juzgado.

Estuvo al frente del parque central de Miller

En concreto, este cabo había suplido la ausencia de sargento (por vacaciones, enfermedad o permiso) como máximo responsable del parque central, desde donde había asumido la responsabilidad del control y supervisión de todos los parques de bomberos de la ciudad, sin contar con la emisión de informes, la intervención en siniestros o la inspección del material del servicio. Se trata de «funciones de gran responsabilidad y que difieren totalmente de las funciones propias de la categoría de su plaza de cabo de bombero».

En su momento, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria alegó que entre las funciones del cabo se encontraba la de asumir las suplencias. Y además, entendía que para pagar esa diferencia retributiva, el cabo en cuestión tenía que haber sido nombrado sargento, como exigía la Intervención General para poder abonarle el importe correspondiente a una categoría laboral superior.

Sin embargo, la sentencia determina que «es el efectivo desempeño del puesto, el parámetro determinante del nacimiento del derecho a percibir los componentes singular y general del complemento específico, así como el complemento de destino, de forma que entender lo contrario vulneraría abiertamente el principio de igualdad en aplicación de la ley». Y aclara que aunque «esa suplencia o sustitución esté prevista y sea temporal, no supone que sea gratuita a nivel de complementos».

Para tomar esta decisión, la jueza bebe de una sentencia del Tribunal Supremo de 2018 en la que se imputa a la Administración la responsabilidad de asegurar el número de trabajadores necesarios para cumplir sus cometidos «y crear las condiciones en las que no exista la posibilidad o la necesidad de que funcionarios destinados en un determinado puesto realicen las tareas de otro». Al hilo de este argumento, la magistrada-jueza insiste en que «el dato que ha de considerarse es, en realidad, el ejercicio material de otro puesto en su totalidad o en sus contenidos esenciales o sustantivos».

No es la primera vez

La reclamación que interpuso este cabo no es la primera. En abril de 2021 ya obtuvo una primera sentencia que le reconocía también el pago de los complementos específicos inherentes a la categoría de sargento por haber desempeñado esa categoría en el periodo comprendido entre 2015 y 2019.

El recurso a los cabos para cubrir las carencias de sargentos (en los últimos años no siempre ha habido mandos disponibles para cumplir con la exigencia de que haya un sargento por turno) ha sido una constante por las carencias de personal.

Así lo entiende FSC-CCOO. En una nota emitida por este sindicato, que fue el que presentó esta denuncia en nombre del cabo demandante, se señala que «estas sentencias ponen de relieve la falta de personal del cuerpo de Bomberos de Las Palmas de Gran Canaria que, a pesar de haber convocado oposiciones para sargentos y cabos, no lo ha hecho para cubrir los puestos de suboficial y oficial, por lo que, en no pocas ocasiones, los bomberos deben realizar funciones superiores a las de su categoría».

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria nombró a diez mandos nuevos en diciembre de 2023. C7

El portavoz de FSC-CCOO, Víctor Monzón, reclamó al Consistorio que apueste por un aumento decidido de una plantilla que ya tiene una edad media de 50 años y que afronta un elevado ritmo de jubilaciones.

El representante sindical recordó que en una ciudad como Las Palmas de Gran Canaria debería contar con unos 200 bomberos, cuando tiene 135.

En diciembre de 2023, el Ayuntamiento nombró a siete cabos y tres sargentos para reforzar el nivel de mandos del SEIS. El gobierno dice que el 92% de la Relación de Puestos de Trabajo de Bomberos está cubierta en la actualidad.

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