

Secciones
Servicios
Destacamos
El magistrado del Juzgado de Instrucción 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha emitido un auto por el que se dicta el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta por presuntas irregularidades en la contratación de servicios y suministros de adjudicaciones de Guaguas Municipales, en virtud de los cuales el presidente de la compañía y concejal de Movilidad, José Eduardo Ramírez, estaba siendo investigado como supuesto autor de un delito de prevaricación administrativa.
El auto judicial, que fue emitido el pasado lunes, entiende que «no aparece debidamente justificada la perpetración del delito» de ahí que dicta el archivo de las diligencias previas.
El juez asume la petición de la fiscal a la vista del informe evacuado por un perito judicial, que tras evaluar toda la documentación determinó que las contrataciones realizadas al margen de la legislación de 2021 no podían entenderse como un delito de prevaricación administrativa. «Las irregularidades detectadas (...) a juicio de este perito solo podrían tener consecuencias en el ámbito administrativo, no en el penal», concluía el análisis pericial.
Noticias relacionadas
La investigación judicial se puso en marcha el 4 de enero de este año, cuando la Fiscalía Provincial de Las Palmas recibió un escrito de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas en el que advertía de que Guaguas Municipales había procedido a adjudicar, en 2021, 30 contratos, por valor de 1,84 millones de euros, sin seguir los procedimientos fijados por la legislación.
El Tribunal de Cuentas advirtió de este hecho en la fiscalización que realiza de los contratos adjudicados por las empresas de transporte colectivo urbano en los municipios con más de 300.000 habitantes. De su revisión se desprendía que en todas y cada una de las empresas fiscalizadas se había detectado esta práctica. En total, estas adjudicaciones sumaban un importe de 12,58 millones de euros.
Tanto Guaguas Municipales como otras empresas de transporte público alegaron el cambio de régimen jurídico que se produjo entre los años 2018 y 2020, en lo referido a las exigencias de contratación que impusieron la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público y el posterior Real Decreto-Ley de Contratación Pública.
Desde Guaguas Municipales se justificó que todos los contratos que se adjudicaron sin seguir los procedimientos de la nueva ley obedecían a «contrataciones realizadas con carácter previo a la entrada en vigor» de la Ley de Contratos del Sector Público y, por tanto, todos estaban amparados por el marco legal que era de aplicación.
Así, unos contratos fueron formalizados antes de la entrada en vigor del nuevo marco legal; en otros casos, se trataba de gastos menores que no requerían un procedimiento de adjudicación como sí era exigible en cuantías mayores; muchos de los contratos fueron celebrados con proveedores exclusivos, esto es, que el servicio no podía ser prestado por nadie más debido a razones técnicas o poseer derechos de exclusividad; y, por último, otras adjudicaciones respondían a prórrogas de contratos que habían vencido y que requerían, para poder dar continuidad al servicio público de Guaguas Municipales, mantener al adjudicatario con el que ya se venía trabajando.
El dictamen pericial sobre estas contrataciones determinó que «los costes asociados a las contrataciones no parecen excesivos en comparación con los costes de mercado, lo que no podría indicar un indicio de falta de diligencia en la gestión de los recursos de la empresa».
Por eso, el perito concluyó que «la selección de proveedores en condiciones sobrevenidas de contratos bajo la recién modificada legislación (...) no puede entenderse como indicio de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal».
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.