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Canarias7 / Las Pamas de Gran Canaria
Domingo, 24 de mayo 2020, 10:03
MEDIDAS EN EL TRABAJO
Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo.
En las empresas, comercios, centros educativos y otras entidades previstas en la citada orden del Ministerio de Sanidad, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los
trabajadores.
Se asegurará que todos los trabajadores tengan a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida para la limpieza de manos, o cuando esto no sea posible, agua y jabón.
Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará
que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo y estén formados e informados
sobre el correcto uso de dichos equipos de protección.
Estas medidas son aplicables también a trabajadores de empresas que presten servicios con carácter habitual o de
forma puntual en las empresas, comercios, centros y otras entidades previstas en la orden del Ministerio de Sanidad.
El control horario mediante huella dactilar debe sustituirse por otro sistema que garantice las medidas higiénicas adecuadas
para proteger la salud y la seguridad del trabajador, o bien se deberá desinfectar el dispositivo antes y después de cada uso.
La disposición de puestos de trabajo, la organización de los turnos y el resto de condiciones de trabajo deben garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los trabajadores, siendo responsabilidad del titular de la actividad o director de la entidad. Las medidas de distancia han de cumplirse en vestuarios, taquillas y aseos, así como en cualquier otra zona de uso común.
Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud y, en su caso, con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. El trabajador se colocará una mascarilla y abandonará su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
Los centros deberán realizar ajustes en su organización horaria para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios o centros de trabajo durante las franjas horarias de previsible máxima afluencia o concentración y durante las entradas y salidas.
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