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Efe
Santa Cruz de Tenerife
Martes, 4 de marzo 2025, 10:33
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una pena de 13 años y un día por agresión sexual, y otra de 5 años y un día, para un hombre que violó a una joven después de amordazar a la pareja de esta, cuando acampaban en una playa de Agüimes, en Gran Canaria.
Además, deberá pagar 75.000 euros a la mujer y 25.000 al hombre que la acompañaba cuando se produjeron los hechos, hacia las diez de la noche del 1 de abril de 2020, durante la pandemia, momento en el que el ahora condenado abordó a la joven, de 22 años, y a su acompañante, de 25.
El condenado vestía una sudadera oscura con capucha y un pasamontañas que sólo dejaba ver sus ojos, nariz y parte de la boca y unos guantes.
Una vez allí gritó: «alto policía, los vamos a detener porque no pueden estar aquí», mientras exhibía un cuchillo de 20 centímetros, consiguiendo que la mujer colocara al hombre tres brindas que le proporcionó, de manera que éste quedó inmovilizado y con una prenda en la cara para que no pudiera ver.
A continuación ató las manos de la joven y se colocó a su espalda, obligándola a abandonar el lugar, por medio de pequeños empujones hasta llegar a una casa abandonada, situada a 300 metros ayudados por la linterna del móvil.
En ese enclave había una cuartería en cuyo interior se encontraba un colchón, cortándole entonces la brida, quitándole parte de la ropa y violándola dos veces, para abandonar el lugar sobre las once y media de la noche.
La joven permaneció paralizada por miedo hasta que amaneció y entonces encontró a un hombre que paseaba a su perro quien la asistió. Su pareja pudo liberarse con un mechero y una lata de manera y que llamó a la policía quienes llegaron sobre las 1:30 de la madrugada.
El condenado es consumidor habitual de sustancias tóxicas pero no sufre ningún trastorno, es consciente de lo hizo, fue detenido unos veinte días después y permanece desde entonces en prisión.
La condena fue impuesta basándose en las pruebas de ADN halladas en la saliva y en el cuchillo. En el domicilio del condenado fueron encontradas unas bridas con el mismo código.
La joven sufre desde entonces sintomatología compatible con un trastorno adaptativo reactivo postraumático y le han quedado secuelas psíquicas graves.
Tras el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el acusado alegó ante el Tribunal Supremo que la declaración de la víctima no reunía los requisitos para ser considerada prueba de cargo, que se conocían y ya habían mantenido relaciones antes.
Mantuvo que si quien cometió el delito tenía la cara tapada entonces no podía ser reconocido y que no existen restos biológicos en la mujer, salvo en el rostro que se debían a una relación sexual que mantuvo con ella días antes.
Considera que carece de lógica que el procesado tuviera tanto cuidado en perpetrar la agresión sin dejar rastro y en cambio abandonara en el lugar el cuchillo con el que supuestamente amenazó a la joven, y en el que no había huellas suyas, según su defensa.
El Tribunal Supremo rechaza todos los argumentos basándose en las limitaciones que actualmente impone la legislación a una revisión de las siguientes instancias, a no ser que se demuestre que en las anteriores se cometió un error de calado, lo que no se detectó en esta ocasión.
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