![Gladys Acuña se aferra al voto particular del fallo sobre Stratvs](https://s3.ppllstatics.com/canarias7/www/multimedia/201802/01/media/cortadas/image_content_2956173_20180131143141--1248x702.jpg)
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Carlos Sixto De Inza Serrano y Yaiza
Jueves, 1 de febrero 2018, 09:00
La todavía alcaldesa de Yaiza, compareció ayer arropada por todo su grupo municipal, y por el edil también inhabilitado en el mismo fallo (José Antonio Rodríguez), dos días después de anunciar sus renuncias al acta de concejales, tal y como establece la Ley Electoral, y a pesar de que podrán interponer recurso de casación ante el Supremo.
La alcaldesa inició su intervención señalando que «respeta, pero no comparte» la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que la condena a 14 años de inhabilitación por un delito contra la ordenación del territorio y otro de prevaricación por omisión, al no denegar la licencia de apertura a la bodega Stratvs en 2008. Aclaró que «una cosa es la sentencia y otra la verdad, y esta no es la verdad, y no sólo lo dice Gladys Acuña, como afectada, sino el presidente del TSJC, con su voto particular; un voto particular», dijo, «que desmonta una por una las conclusiones que me han llevado a la inhabilitación». Y añadió que está convencida de que el Tribunal Supremo (TS) dejará sin efecto este fallo.
Según su visión, el caso es «un partido de ida y vuelta, donde el resultado de ida ha sido de 2 a 1»; matizando el «resultado (la sentencia) «ha tardado en anunciarse 7 largos meses, revelando las profundas diferencias entre los magistrados, arrojando un resultado que ni los propios jueces tenían claro». De este forma, Acuña señaló que la licencia de actividad que ella y su entonces grupo de gobierno otorgaron a la bodega fue concedida «porque teníamos la obligación de darla a la vista de nada menos que 5 informes técnicos favorables, ya que lo contrario hubiera sido prevaricar».
También hizo referencia a la versión del fallo condenatorio basado en la afirmación de que los ediles debían conocer sobre aspectos técnicos del proyecto. «Decir eso», afirmó, «es desconocer profundamente el funcionamiento de la administración», añadiendo que «es un auténtico disparate pretender que un político revise el trabajo de los técnicos».
Sobre el delito por omisión, señaló que en un Estado de Derecho un alcalde no puede ordenar el cierre de una actividad, sino abrir un expediente, y así se hizo, sobre el restaurante y la tienda, que se cerraron por carecer de autorización; y no así la bodega, «pues carecíamos de técnico y pedimos ayuda al Cabildo, luego en ningún momento hubo omisión», concluyó Acuña.
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