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La sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, mediante providencia que firma el magistrado Wenceslao Francisco Olea Godoy, ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por la entidad Gestiones y Explotaciones Narval S.L., contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 3 de enero pasado, la cual dejaba sin efecto la orden ministerial de 16 de noviembre de 2011, que otorgaba la concesión de ocupación de 145.381 metros cuadrados de bienes de dominio público en la franja costera de Anfi para creación de diversas instalaciones y su mantenimiento.
La resolución judicial obliga a que la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar retrotraiga las actuaciones y vuelva a sacar a concurso ese espacio costero dando opción a que se valore y tramité como alternativa el proyecto de Anfi del Mar, que fue durante más de veinte años concesionaria de tales instalaciones y dotaciones.
«La sentencia no va contra Narval, sino que anula el concurso y le da la razón a Anfi del Mar en cuanto que ha sido apartada del concurso sin motivos suficientes», explicaba ayer a este periódico el letrado y titular de Gestiones y Explotaciones Narval, Alberto Santana, por lo que ahora Costas tendrá que volver al momento previo a la adjudicación y tener en cuenta la propuesta de Anfi.
Respecto a la situación en la que quedan restaurantes, espacios de ocio y demás instalaciones situadas en este espacio costero, señaló que «se encuentran en un vacío legal». No obstante conjetura que si Narval ha hecho inversiones, lo lógico sería que continúe con la gestión del frente marítimo en precario.
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