Borrar
Vea la portada de CANARIAS7 de este miércoles 2 de abril de 2025
El arraigo para la formación es una de las opciones más solicitadas. Efe
Solo 312 extranjeros se legalizaron en 2023 en las islas a través de formación

Solo 312 extranjeros se legalizaron en 2023 en las islas a través de formación

Desde 2022 existe en España la posibilidad de solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales para estudiar, pero esta opción «no es eficaz», según apuntan las ONG. Si se tiene en cuenta solo a los 39.910 migrantes llegados en 2023 por vía marítima, lo logró el 0,79%

Sara Toj

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 17 de junio 2024, 00:02

Desde julio de 2022, los extranjeros que se encuentran en situación irregular en España tienen la posibilidad de solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo para la formación. Consiste en un permiso que permite regular la situación de los extranjeros durante 12 meses para estudiar, pero para poder mantener dicho permiso es necesario aprobar la formación y conseguir un contrato de trabajo que esté vinculado a los estudios realizados. Todo ello, en el plazo de un año, que se puede prorrogar una única vez durante 12 meses más.

Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a finales del año 2023 más de 23.000 extranjeros lograron regularizar su situación a través de este mecanismo. En Canarias, apenas fueron 312. Si solo se tiene en cuenta a los 39.910 migrantes llegados el año pasado vía marítima, solo logró regular su situación mediante la formación el 0,79%. Por ello, esta opción despierta diferentes opiniones.

Por un lado, un informe publicado por la Fundación Aspasia considera que esta posibilidad puede ser «un instrumento de impacto positivo en el mercado laboral», pero la complejidad para cumplir los plazos establecidos puede corromper ese objetivo. Según algunas estimaciones, podría haber más de medio millón de extranjeros en situación irregular en España en la actualidad, por lo que la cifra de personas que se ha acogido a este recurso es ínfima.

Como explica una de las abogadas del servicio jurídico de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (Cear) en Canarias, Leonor Pulido, este recurso «sirve, pero no es eficaz para la gestión». Así, para solicitar este arraigo por formación se tiene que acreditar el haber estado en España durante, al menos, dos años.

Para justificarlo se puede presentar, por ejemplo, un documento de empadronamiento histórico, una consulta médica o cualquier certificado autonómico, municipal o estatal en el que figuren los datos personales del solicitante. Además, el extranjero no puede tener antecedentes penales.

Proceso a contrarreloj

Comienza así un proceso a contrarreloj. En el momento en el que la Oficina de Extranjería da una respuesta favorable a esta solicitud (respuesta que «suele tardar» en darse), se tiene un plazo de tres meses para matricularse en la formación reglada que se quiera realizar. Esta puede ser de formación profesional; también para obtener un certificado de aptitud técnica o habilitación profesional para una ocupación en concreto; o bien, una formación que sea promovida por los Servicios Público de Empleo. La abogada estima que el 90% de los usuarios que atiende escogen esta opción.

«Intento que los usuarios soliciten este recurso con cabeza, porque es muy difícil ajustarse a los plazos, pero entiendo que las personas estén desesperadas», apunta Pulido.

Y es que durante 12 meses la persona tendrá que realizar los estudios y aprobarlos. La autorización solo se podrá prorrogar otro año más si la formación en la que se matricule continúa, pero en ningún caso se autoriza al individuo a trabajar durante este periodo.

Una vez se haya finalizado la formación, se tendrá que conseguir un contrato de trabajo vinculado a la formación obtenida. Como explica la abogada de Cear, el fin del arraigo por formación es que las personas puedan insertarse tras realizar sus estudios en el mercado laboral, pero para lograrlo hay que pedir la modificación del permiso de arraigo, que solo se podrá hacer si se consigue un empleo durante el periodo que dura la autorización de residencia excepcional. En caso de lograrlo, la Oficina de Extranjería concederá una autorización de dos años que habilita a la persona para trabajar. Por el contrario, si no se encuentra un contrato laboral, a los 12 meses la persona quedaría de nuevo en situación irregular. Una vez finalizado el permiso de trabajo de dos años, si la persona cumple con los requisitos para renovar la residencia, lo podrá hacer.

La abogada detalla que todas las personas que atiende que están en situación irregular, al cumplir los dos años en España, solicitan información para comenzar este proceso. «Lo que les digo es que, para poder encajarlo en el tiempo, se tiene que saber cuándo empiezan los estudios o cuánto va a tardar la resolución de Extranjería», explica Pulido. Así, la letrada apunta que «nadie puede asegurar que se vaya a modificar el permiso de arraigo por formación» a uno de residencia para trabajar, ya que todo depende de que se pueda encontrar un contrato laboral y de que el empleador espere por los tiempos que marca Extranjería para llevar a cabo el trámite.

Datos este año

Con datos de este año, contabilizados hasta abril, se han presentado en España 77.683 solicitudes de arraigo por formación, de las cuales han sido favorables el 67,2%, según cifras presentadas en las 'II Jornadas de Extranjería' celebradas durante abril en Almería. Apenas 6.920 personas en toda España han podido solicitar el permiso de residencia y trabajo. De estas solicitudes, solo se han concedido 3.702.

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 Solo 312 extranjeros se legalizaron en 2023 en las islas a través de formación