![Los notarios de unas elecciones limpias](https://s3.ppllstatics.com/canarias7/www/multimedia/201904/15/media/cortadas/archivo-fotos-1-110287_4907953_20190415080343--1248x702.jpg)
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Francisco José Fajardo Las Palmas De Gran Canaria
Lunes, 15 de abril 2019, 09:03
Los próximos comicios que se acercan, tanto los generales como los autonómicos y europeos, van a estar vigilados muy de cerca por las diferentes juntas electorales que ya se han conformado y tienen por delante un importante trabajo, tanto antes, como durante y después de las votaciones. Cada uno de estos órganos tienen una finalidad y área de competencia diferente y todos están presididos por jueces adscritos al Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
En lo que se refiere a Junta Electoral de Canarias (JECan), se trata de órgano permanente de la Administración electoral que tiene como competencia la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad en las elecciones al Parlamento de Canarias. Está compuesto por una presidenta que es la magistrada María del Carmen Sánchez-Parodi –presidenta de la Sala de lo Social del TSJ de Canarias en Tenerife– y su compañero en lo Contencioso-administrativo, Francisco Javier Varona, como vicepresidente. Les acompañan tres magistrados más como vocales y otros tanto ajenos a la carrera judicial designados por el Parlamento a propuesta conjunta de los partidos con representación en la cámara. El secretario es el letrado general del Parlamento, Salvador Iglesias.
Decisiones.El siguiente órgano en el organigrama es la Junta Electoral Provincial. En lo que respecta a Las Palmas, está presidida por la magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, María del Pilar Verastegui y está acompañada por dos vocales magistrados de la Audiencia Provincial –Víctor Manuel Martín y Víctor Caba– y dos vocales nombrados por la Junta Electoral Central.
Tienen como principal labor tres cuestiones básicas: resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan. También la de ejercer su potestad disciplinaria sobre todas las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales. En tercer lugar, corregir las infracciones que se produzcan durante en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito e imponer multas hasta la cuantía máxima prevista por la Ley.
La Junta Electoral Provincial es el principal auxilio de las Juntas Electorales de Zona de este territorio, atendiendo siempre al superior criterio de la Junta Electoral Central.
Por último, en lo que respecta a las Juntas Electorales de Zona, son las que teóricamente soportan una mayor carga de trabajo diario ya que tienen que responder a idénticas cuestiones que la Provincial, pero divididas por partidos judiciales en todo el territorio canario.
En lo que respeta a Las Palmas, están divididas en cinco partidos judiciales –Las Palmas de Gran Canaria, Telde, Santa María de Guía, Arrecife y Puerto del Rosario– que dan cobertura a todas las cuestiones relativas a la preparación y celebración de los comicios. Las mismas están compuestas por tres jueces de Primera Instancia, Instrucción o de Paz y otros dos vocales designados por la Junta Electoral Provincial que tienen que ser residentes en el partido judicial correspondiente.
Un gran equipo humano a los que se añaden los funcionarios y que vela por la limpieza e integridad de las próximas elecciones generales y autonómicas.
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