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María Farnés, fiscal Anticorrupción en Santa Cruz de Tenerife, dibuja una hoja de ruta del caso Grúas que va para largo. En un escrito fechado el 19 de marzo y entregado en el Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna, la fiscal hace un resumen de la instrucción, concluye que hay «indicios de delitos» encuadrados en el concepto de corrupción, apunta la ausencia de documentación relevante para completar la investigación, pide a la jueza que llame en calidad de investigadas a dos altos cargos del Ayuntamiento y también a dos decenas de testigos.
En su relato, la fiscal dedica especial atención a la actuación del que fuera concejal de Seguridad y alcalde lagunero, y hoy presidente de Canarias, Fernando Clavijo. Al respecto, Farnés concluye que sí hay indicios de actuaciones delictivas. En concreto, el escrito incluye el siguiente párrafo: «Con respecto a la valoración de la concurrencia de indicios de que el Sr. Clavijo actuó conociendo que lo hacía al margen del ordenamiento jurídico al dictar el Decreto 858 / 2014 levantando el REPARO [sic] interpuesto por el Interventor General al otorgamiento del préstamo de 120.000 euros a la sociedad Autogrúas Poli SL, así como cuando dictó el Decreto nº 1.284/ 84, de 26 de agosto de 2014, por el que también levanta el REPARO del Interventor General a la prórroga del contrato, entiende el Ministerio Fiscal que del análisis de la documentación existente en las actuaciones se desprenden indicios de que ellos pudiera ser así», esto es, de un presunto delito de prevaricación.
Seguidamente la fiscal extrae de la instrucción seis apuntes que afianzan esos indicios delictivos, para luego detenerse en que para que se produzca la prevaricación es clave, según recuerda el Tribunal Supremo, que se acredite que el cargo público o funcionario actúe ilegalmente «a sabiendas» de que lo está haciendo. La fiscal recuerda que el Tribunal Supremo ya dictaminó en el 2004 que «no es lo mismo que el hecho sea cometido por una persona lega en conocimientos jurídicos que otra que por su profesión, cargo o cualquier otra circunstancia, posea estos conocimientos, sobre todo en el ámbito administrativo». Y añade la fiscal ya de cosecha propia: «En este caso tratándose de D. Fernando Clavijo es público y notorio que fue concejal de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna desde el 2003 hasta el 2007 y alcalde de dicho municipio entre los años 2008 a 2014».
¿Cuáles son esos seis apuntes extraídos de la instrucción que llevan a Farnés a concluir que sí hay indicios de delito? Primero, porque le correspondía a Clavijo, como alcalde, instar la posible caducidad de la concesión del servicio de grúas y también el posible rescate de la misma por el Ayuntamiento, así como por la decisión de levantar los reparos del interventor, «motivando con ello» la concesión de préstamo posterior. Luego, porque la fiscal da valor a la declaración del anterior propietario de la empresa de grúas ante la Guardia Civil donde apunta que recibía del propio Clavijo «amenazas» de que le quitarían la concesión. En tercer lugar, porque la fiscal afirma que queda acreditado en las actuaciones que el Ayuntamiento demoró pagos al anterior propietario y luego los abonó ipso facto a los nuevos dueños.
Como cuarto apunte señala testimonios ante la comisión de estudio municipal que reflejarían que el entonces alcalde hacía indicaciones sobre empleados a contratar o despedir en la empresa de grúas, así como que un antiguo trabajador declaró en el mismo foro que los compradores de la sociedad no precisaban de trajeta de transporte porque «estaban apoyados por Fernando Clavijo». Y finalmente recuerda que también hay testimonios que apuntan una relación de amistad del hoy presidente con quienes se hicieron con el control de la empresa.
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