La disposición adicional tercera de la Constitución española, aprobada por referéndum el 6 de diciembre de 1978, establece literalmente:
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«La modificación del régimen económico ... y fiscal del archipiélago canario requerirá informe previo de la Comunidad Autónoma, o, en su caso, del órgano provisional autonómico».
Por primera vez en la historia constitucional española, se reconoce que nuestras islas disfrutan de un sistema económico y fiscal propio y diferente al del resto de los territorios españoles. Ni la Constitución republicana de 1931 ni las llamadas leyes fundamentales del franquismo concedieron a Canarias esa singularidad.
¿Fue fácil incorporar este reconocimiento en la Constitución vigente? En absoluto. Y lo dice alguien que tuvo el inmenso honor de ser Diputado por la provincia de Las Palmas entre 1977 y 1989, en cuatro legislaturas, siendo la constituyente de 1977 a 1978 aquella en la que se discutió, elaboró y, finalmente, se aprobó la actual Constitución.
No fue una tarea sencilla. A diferencia del reconocimiento de los otros grandes regímenes diferenciados en España, los fueros vasco y navarro, que fueron explícita y generosamente amparados en la disposición adicional primera de la misma Constitución: «La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales».
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Al parecer, los canarios no merecíamos igual amparo y respeto. Franco, por cierto, no protegió por igual estos derechos históricos: los derogó en Vizcaya y Guipúzcoa por haber sido republicanas, mientras que los mantuvo en Álava y Navarra debido a su lealtad al Movimiento.
En esta séptima entrega de mi 'Rendición de Cuentas', intentaré, de la manera más breve posible, explicar qué es el REF, un régimen lamentablemente poco conocido y valorado por muchos canarios. También abordaré las reticencias de los dirigentes políticos y ponentes constitucionales para su reconocimiento en el texto constitucional, y, sin falsas vanidades, el papel fundamental que desempeñé en su inclusión, como lo acredita el testimonio de una persona de gran autoridad.
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El acervo canario, en términos resumidos, consiste en «la no aplicación de aranceles a la entrada de productos procedentes de terceros países y la inexistencia de impuestos estatales sobre el consumo». Esta definición la tomo no de mis propios estudios sobre el REF y su evolución histórica, sino de un artículo del gran economista canario Juan Arencibia Rocha.
Su origen más remoto se remonta a la conquista de Canarias por los Reyes Católicos, quienes, en el Fuero de Gran Canaria, declararon la isla exenta del pago de tributos por la entrada de mercancías. Este sistema se consolidó con el gran ministro de Hacienda extremeño, Juan Bravo Murillo, mediante su Decreto de 1852, que declaró a todos los puertos canarios como puertos francos.
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¿Por qué muchos dirigentes políticos nacionales se oponían a este reconocimiento constitucional? Porque consideraban que esta tributación especial sobre importaciones y el consumo era incompatible con la futura entrada de España en la entonces Comunidad Económica Europea (hoy Unión Europea). No carecían de algo de razón, ya que el impuesto clave en la fiscalidad comunitaria es el IVA, el cual no se aplicaría en Canarias, lo que podía representar un obstáculo para la adhesión española.
Sin embargo, cuando España ingresó en la CEE en 1986, se demostró que era posible mantener el REF sin exigir el IVA en Canarias. En su lugar, se aplicó el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), menos gravoso y cuya recaudación es íntegramente gestionada por la Comunidad Autónoma. Además, Europa respetó el fuero canario y reconoció otras singularidades derivadas de la lejanía e insularidad, otorgando a Canarias y a otras regiones europeas (como Madeira, Azores y los territorios franceses de ultramar) el estatus de Regiones Ultraperiféricas.
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A pesar de los múltiples intentos de los diputados constituyentes por incorporar este reconocimiento en el texto constitucional, no se logró hasta el trámite en el Senado. Sería injusto no mencionar a los senadores de UCD de todo el archipiélago que lo hicieron posible: Diego Cambreleng, Fernando Giménez y Gregorio Toledo (Gran Canaria); María Dolores Pelayo y José Manuel Barrios (Tenerife); Acenk Galván (La Palma); Federico Padrón (La Gomera y El Hierro); y Rafael Stinga (Lanzarote).
Pero aún faltaba el último empujón. El texto constitucional debía ser revisado por una Comisión Mixta Congreso-Senado, encargada por ley de la redacción definitiva. En ella participaron los ponentes constitucionales, conocidos como 'Los siete magníficos': Pérez-Llorca, Gabriel Cisneros y Miguel Herrero (UCD); Gregorio Peces-Barba (PSOE); Manuel Fraga (AP); Miguel Roca (Convergència i Unió) y Jordi Solé Tura (Partido Comunista). También estuvieron presentes los portavoces del Senado, entre ellos Antonio Jiménez Blanco por UCD. Pero, sobre todo, asistieron dos figuras clave que decidirían el texto final: Fernando Abril Martorell, vicepresidente de UCD, y Alfonso Guerra por el PSOE.
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En esas reuniones, se planteó la eliminación de la disposición adicional tercera sobre el REF de Canarias, bajo el argumento de que sería inconveniente para futuras negociaciones con Europa. Fue en ese momento cuando Jiménez Blanco, tras un receso, me contactó. Le expuse la tragedia política y moral que supondría suprimir el reconocimiento de un REF histórico e imprescindible para Canarias.
A partir de aquí, reproduzco parte de una carta que me escribió en 1995, cuando publiqué mi libro de memorias 'Mayoría de edad parlamentaria'. Dejo al juicio del lector las conclusiones que ofrezca su lectura. No busco reconocimiento alguno, solo relatar la verdad. Como bien dijo Víctor Hugo en su obra 'Ruy Blas': «La popularidad es la gloria en calderilla».
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Carta de Antonio Jiménez Blanco, 17 de marzo de 1995:
«Como amigos, hemos compartido muchas horas, muchas confidencias políticas y personales, muchos sinsabores y, por supuesto, también grandes satisfacciones.
Fuiste, José Miguel, como parlamentario y secretario general del Partido Liberal, un hombre enormemente activo. En tu actividad como Diputado desde 1977, destacaste siempre por tu defensa de Canarias, de sus singularidades y necesidades, algo que hiciste hermosamente compatible con tu concepción estatal y tu profundo sentido nacional.
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A título de ejemplo de tu constante lucha por los intereses canarios, quiero citar tu papel decisivo en la consagración constitucional del Régimen Económico-Fiscal de Canarias. Cuando en la Comisión Mixta Congreso-Senado se fraguaba un acuerdo para eliminar su reconocimiento, contacté contigo. Estoy seguro de que lo recuerdas. Me convenciste de la necesidad de preservarlo, y se consiguió.
No es exagerado decir que jugaste un papel trascendental que espero que la Historia y los canarios te reconozcan. ¿Recuerdas cuando, con humor andaluz, pero sinceridad de fondo, te llamaba el Bravo Murillo del siglo XX? Con la diferencia de que él era extremeño y tú, canario por los cuatro costados».
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