El Estatuto de Autonomía de Canarias modificó radicalmente la situación política y administrativa de las islas, en general de manera positiva. Pero tardó en aparecer ... y, mientras tanto, surgieron monstruos, entre ellos uno ya conocido: el pleito insular.
Para comprender mejor el inicio de esta Rendición de Cuentas VIII, citaré algunas fechas clave, y en la segunda parte ampliaré las reflexiones sobre el Estatuto de Autonomías que merece un tratamiento algo más amplio y para no hacer excesivamente dilatado este primero. La Constitución española, que creaba el Estado de las Autonomías, fue aprobada por referéndum el 6 de diciembre de 1978. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de Canarias no se aprobó hasta la Ley Orgánica del 10 de agosto de 1982. Las Cortes de esa primera legislatura no constituyente (1979-1982) se disolvieron el 30 de agosto, y las elecciones generales siguientes, con el triunfo aplastante del PSOE de Felipe González, tuvieron lugar el 28 de octubre de 1982.
¿Qué quiero resaltar? Que tardamos casi tres años en consensuar un texto autonómico y estuvimos a solo 20 días de que se disolvieran las Cortes sin tener nuestro Estatuto aprobado, lo que precipitó su aprobación apresurada. ¿Disculpa eso los errores del Estatuto? En parte sí, pero no totalmente. Y como estoy rindiendo cuentas, asumo la parte de responsabilidad que me corresponde, que no es poca. En aquella etapa de 1982 (desde finales del 81) yo era presidente de la UCD en esta provincia y, sobre todo, firmé el texto final a través del conocido Pacto de Medinaceli, suscrito con el presidente de la UCD de Santa Cruz de Tenerife, Zenón Mascareño.
Más adelante resumiré esos casi tres años de luchas y acuerdos y explicaré por qué se llegó al resultado final, sin eludir la parte de culpa que me corresponde. Sin embargo, cuando algunos, no siempre bien intencionados, me atribuyen todos los defectos del Estatuto y en particular en Gran Canaria, la ubicación del Parlamento en Tenerife, suelo recordarles una estrofa de la canción El arriero va, del argentino Atahualpa Yupanqui: «Las penas y las vaquitas se van por la misma senda; las penas son de nosotros, las vaquitas son ajenas».
¿Por qué digo esto? Porque aquellos que me critican por los aspectos negativos del Estatuto podrían, pero no lo hacen, reconocerme también algunos méritos por lo positivo. Gracias a este marco, Canarias ha disfrutado de un nivel de autogobierno sin precedentes en su historia. Si fui responsable de lo malo (las penas), ¿por qué lo bueno (las vaquitas) se atribuye a otros y no a mí también?
¿Por qué se tardó tanto en consensuar el Estatuto?
¿Cuáles fueron los principales escollos y discrepancias que dificultaron el proceso hasta casi hacer peligrar el resultado final? Como mencioné antes, estuvimos a punto de quedarnos sin autonomía, cuando casi todas las comunidades —primero el País Vasco y Cataluña, y después Andalucía— ya habían avanzado en el proceso y tenían aprobados sus estatutos.
Las dos cuestiones que más debate generaron, especialmente dentro de la propia UCD canaria, fueron la representación política, resumida en el concepto de triple paridad; y la capitalidad compartida y la ubicación de las sedes institucionales. Ambos temas fueron especialmente complejos y dieron lugar a profundas discrepancias, cuyas secuelas aún no han terminado de cerrarse con el paso de los años. En la próxima entrega, me ocuparé específicamente de ambas cuestiones.
Además de las discrepancias internas sobre estas cuestiones y la inevitable aparición del Pleito Insular, otro factor que retrasó la aprobación fue la vía elegida para el proceso estatutario. En la Constitución se contemplan dos caminos: el establecido en el artículo 151, que prevé la aprobación del estatuto mediante referéndum, permitiendo que la población de la Comunidad Autónoma correspondiente vote al respecto. (Esta fue la vía que Andalucía exigió y logró, incluso en contra del criterio general de la UCD, que no quería que este sistema de aprobación se extendiera a otras Comunidades Autónomas, otorgando así un cierto rango singular a Cataluña y el País Vasco). Por otro lado, existía una segunda opción, conocida como la 'vía lenta', establecida en el artículo 143 de la Constitución. Esta alternativa parecía menos solemne y destinada a comunidades autónomas de segundo rango. Sin embargo, en el caso de Canarias, no afectó a las competencias transferidas, ya que se aprobó una ley específica de transferencia de competencias plenas, conocida como LOTRACA.
Concluyo esta primera parte de mi Rendición de Cuentas sobre el Estatuto de Autonomía con un párrafo extraído del Diario de Sesiones 83/82 de la Comisión Constitucional del Congreso, correspondiente a la reunión del 12 de mayo de 1982, en la que intervine en representación de UCD, junto con otros portavoces en representación de sus respectivos grupos.
De la intervención de Sole Tura, portavoz del Grupo Comunista, me ocuparé en la próxima entrega, ya que incide en el número final de diputados en el Parlamento de Canarias. Ahora, sin embargo, quiero destacar las palabras de Marcos Vizcaya, portavoz del PNV en aquel debate: «Lo cierto es que he llegado a la conclusión de que el Estatuto de Canarias alcanza un nivel de autogobierno muy digno. Es un Estatuto en el que, por lo pronto, las cosas se han hecho bien en el sentido de que se ha respetado la Constitución al acompañarlo de una ley orgánica que, de alguna forma, completa el techo de competencias».
En conclusión, a pesar de las prisas y las inevitables equivocaciones, Canarias logró un Estatuto de Autonomía sólido y bien estructurado, que ha sido la base fundamental del autogobierno de las islas durante más de 40 años.
Foto: La imagen que acompaña este texto tiene una historia interesante que merece ser resaltada. Fui Diputado a Cortes durante 13 años, entre 1977 y 1989. Sobre todo, en la etapa 1982-86 en que fui vicepresidente 4º, descubrí descubrí una edición especial de la Constitución Española presentada en un formato singular: un estuche redondo que contenía en su interior el texto impreso.
Este diseño tiene un origen histórico fascinante. Se dice que, durante la invasión napoleónica a principios del siglo XIX, los diputados constituyentes españoles que redactaron la Constitución de 1812 en Cádiz, ante el asedio francés, encontraron una ingeniosa manera de difundir el texto aprobado. Para evitar que fuera interceptado, lo escribieron en hostias consagradas y lo ocultaron en un estuche similar a una polvera de señora.
Inspirado por esta anécdota, cuando fui presidente del Parlamento de Canarias entre 1995 y 2003, decidí replicar la iniciativa de las Cortes y realizamos una edición muy limitada del Estatuto de Autonomía con el mismo formato.
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