Oriol Junqueras en una imagen de archivo Efe

El Constitucional admite a trámite los primeros recursos contra la decisión del Supremo de no aplicar la amnistía

La corte acepta tramitar las apelaciones del líder de Esquerra, Romeva y Bassa al apreciar «consecuencias políticas»

Martes, 11 de febrero 2025, 11:09

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los primeros recursos de amparo contra la decisión del Supremo de no aplicar la ley de amnistía que entró en vigor el 11 de junio del pasado año. El pleno ha decidido entrar a estudiar las apelaciones de ... amparo promovidas por el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva y Dolors Bassa contra los autos de 1 de julio y 30 de septiembre de 2024, respectivamente, dictados por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en los que se les denegó la aplicación de la Ley Orgánica 1/2024 de Amnistía para la Normalización Institucional, Política y Social en Cataluña al delito de malversación por el que fueron condenados en 2019 en la sentencia del 'procés'. Sentencia por la que también fueron castigados con penas de cárcel.

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La corte ha acordado debatir y fallar sobre estas impugnaciones porque aprecia que concurre una «especial trascendencia constitucional», dado que «los asuntos suscitados trascienden del caso concreto» al poder tener «unas consecuencias políticas generales». Junqueras, Romeva y Bassa alegaron en sus recursos de amparo la vulneración del derecho a la legalidad penal y al derecho a la representación y participación política, ya que la malversación llevaba emparejada una pena de inhabilitación que les mantiene apartados del posible ejercicio de cargo público.

Junto a ello, y en relación a la solicitud de suspensión de los autos del Supremo que mantienen viva la malversación y su consiguiente inhabilitación formulada en la demanda de amparo, el pleno ha acordado formar la correspondiente pieza separada y dar traslado al Ministerio Fiscal, al exvicepresidente catalán y a los antiguos consejeros del Govern para que efectúen alegaciones. Los recurrentes argumentaron que la ley de amnistía es una norma en vigor, aprobada por las Cortes Generales y a la que debería de haberse otorgado la presunción de constitucionalidad mientras la corte de garantías no resuelva los recursos presentados.

Admitidas a trámite las impugnaciones de Junqueras, Romeva y Bassa, quedan en la agenda la del también exconseller Jordi Turull y el más que probable de Carles Puigdemont. No obstante, el expresident está pendiente de que el Supremo resuelva su recurso de apelación contra la no aplicación de la amnistía en su caso. Puigdemont no podrá llegar a la corte de garantías hasta agotar la vía de la jurisdicción ordinaria ante el Supremo.

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El que definirá el camino

En cualquier caso, más allá de los recursos particulares –cuya trascendencia real es si se acepta la medida cautelar de dejar en suspenso el veto del Supremo a la amnistía–, el tribunal presidido por Cándido Conde-Pumpido dictaminará sobre el fondo de la cuestión (la legalidad o no de la ley que borra los delitos del 'procés' promovida por el Ejecutivo de Pedro Sánchez) cuando resuelva el recurso del PP contra la ley de amnistía. Ya hay seis letrados trabajando en él y que antes de tres meses, según fuentes de la corte, deberán tener preparados los bocetos del borrador de sentencia, cuyo ponente será la vicepresidenta del Constitucional, la magistrada progresista Inmaculada Montalbán.

El Supremo también elevó, en su caso una cuestión de inconstitucionalidad, ante el TC, motivada a raíz del recurso de un condenado por desórdenes públicos al calor del 'procés'. Los magistrados de la Sala de lo Penal actuaron ante su «absoluta convicción» de que la norma vulnera «al menos» el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica consagrados en la Carta Magna.

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En un duro texto, el tribunal que preside Manuel Marchena llegó a afirmar que la amnistía suponía borrar toda la responsabilidad de los cabecillas de un «golpe de Estado», un término que la sala no llegó a emplear en la sentencia que condenó a Junqueras y el resto de líderes del 'procés' que no huyeron tras los críticos hechos de 2017. «El sistema constitucional –abundaba la impugnación ante el TC– se sustituye por lo que gráficamente se ha denominado como una suerte de amnistía permanente revisable, contraviniendo también el principio de seguridad jurídica y alterando las bases de la convivencia democrática».

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