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Cristian Reno /Madri
Lunes, 8 de junio 2020, 13:17
De rebelión a sedición. Y de sedición puede que a desobediencia. La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha solicitado esta mañana una pena de 10 años de prisión para el exmayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, por un supuesto delito de sedición por su actuación durante el ‘procés’ independentista de 2017. Los líderes secesionistas juzgados en el Tribunal Supremo fueron condenados a penas de nueve a trece años por sedición y algunos de ellos también malversación. Trapero, que está siendo juzgado en la Audiencia Nacional, se enfrentaba inicialmente a una pena de once años de cárcel por un delito de rebelión, según la calificación original de la Fiscalía, aunque ya anunció en su día que sería modificada después de que el Supremo descartara el delito de rebelión para los dirigentes del ‘procés’ juzgados y condenados. En consecuencia, Trapero no podía ser acusado por el delito más grave. El entonces consejero de Interior, Joaquim Forn, jefe superior de Trapero, fue condenado a 10 años de cárcel.
La Fiscalía ha presentado esta mañana sus acusaciones definitivas y el juicio contra Trapero y la cúpula de los Mossos entra en su fase final. El Ministerio Público considera que el exmayor de la Policía catalana y por extensión el cuerpo autonómico colaboraron con el Gobierno catalán para que el referéndum ilegal del 1-O pudiera celebrarse, como paso previo de la declaración unilateral de independencia. No obstante, la Fiscalía abre la puerta a que Trapero pueda ser finalmente condenado por desobediencia, lo que ya no llevaría penas de cárcel, si no una multa de 60.000 euros y una inhabilitación de un año y ocho meses cargo público. El Ministerio Público ha incluido como alternativa el castigo por un delito de desobediencia en caso de que el tribunal no aprecie el delito de sedición. El Supremo ya condenó por desobediencia a tres de los acusados en el ‘procés’ que están en libertad: los exconsejeros Santi Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundó, a los que impuso un año y ocho meses de inhabilitación y multa de 60.000 euros.
El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, ha solicitado la misma pena de diez años de prisión por un delito de sedición para el que era el director de los Mossos en octubre de 2017, Pere Soler, y para el exnumero 2 de la Consejería de Interior, César Puig. Para la intendente Teresa Laplana, subordinada de Trapero, la Fiscalía reclama cuatro años de cárcel por el delito de sedición. Hasta el lunes que viene no está previsto que el Ministerio Público argumente las acusaciones en el informe de conclusiones. El juicio contra Trapero se ha reanudado esta mañana en la Audiencia Nacional, después de que quedara paralizada como consecuencia del coronavirus. Los acusados, de hecho, no están en la Audiencia Nacional, sino que han comparecido en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) pues no pueden desplazarse a Madrid.
Trapero está acusado de colaborar en la celebración del 1-O y además está acusado de no impedir la gran concentración del 20 de septiembre de 2017 ante la Consejería de Economía. El coronel Diego Pérez de los Cobos, cesado recientemente por el Gobierno como jefe de la Guardia Civil en Madrid, declaró durante el juicio que el exmayor de los Mossos ideó un operativo para facilitar la celebración del referéndum ilegal, en vez de para impedirlo. Los informes de la Policía española acusaron a los Mossos de pasividad durante la jornada de votación. Trapero, en cambio, durante el juicio, negó formar parte del llamado estado mayor del ‘procés’ que tomaba las decisiones estratégicas. Afirmó además que tenía un plan para detener a Carles Puigdemont si así se lo ordenaban la Fiscalía y el TSJC después de la declaración unilateral de independencia. Y reveló una reunión con Puigdemont, Junqueras y Forn en la que los mandos policiales propusieron la suspensión del referéndum, pero los miembros del Govern les ordenaron seguir adelante.
Antes del juicio y al inicio de la vista oral, la defensa de Trapero emplazó a la Fiscalía a rebajar su acusación, al entender que, a la luz de la sentencia del alto tribunal, «resulta imposible» calificar lo sucedido de rebelión cuando los mandos de la policía catalana imputados «estarían participando en el plan ideado por los procesados condenados por un delito de sedición».
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