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La jueza del Juzgado de lo Penal número 2 de Arrecife, con sede en Puerto del Rosario, ha rechazado aclarar la sentencia de inhabilitación del alcalde Domingo González Arroyo, en cambio sí la del arquitecto técnico Jerónimo Soto y la de dos exconcejales de La Oliva. El auto confirma, a entender de varias fuentes jurídicas consultadas, que la inhabilitación es inmediata, sin esperar a que la sentencia de condena de nueve años por un delito continuado de prevaricación administrativa por la cantera de Lomo del Pájaro sea firme.
Isabel Quintero Verdugo, jueza titular del Juzgado de lo Penal, que no dictó el 24 de junio pasado la sentencia de inhabilitación pero sí le ha correspondido aclararla, establece textualmente en el auto que «no ha lugar» a la aclaración en el caso del alcalde de La Oliva porque sus alegaciones «nada tienen que ver con el concepto de aclaración, subsanación o complemento de una resolución judicial». De hecho, apunta a que «más bien se trata de argumentos que poseen acomodación en un posible recurso de apelación» que González Arroyo puede presentar contra la sentencia inicial en el procedimiento.
En cambio, la jueza sí entra a aclarar en su auto que Jerónimo Soto, arquitecto técnico, está condenado a cuatro años de inhabilitación para todo empleo o cargo público de asesoramiento en materia urbanística; y los dos exconcejales, a nueves años para cargo de alcaldes o ediles.
A la vista de este auto emitido el pasado 15 de octubre, los juristas interpretan que Domingo González, que ayer declinó hacer declaraciones a este medio a través de su secretaria, está obligado a poner en conocimiento del pleno municipal la causa de incompatibilidad o inelegibilidad sobrevenida en un plazo sin concretar, pero que es cuestión de días. En caso de no hacerlo, podría incurrir en una presunta prevaricación por omisión.
Votemos La Oiva pide formalmente el cese del alcalde. El portavoz de Votemos La Oliva, Álvaro de Astica, presentó este lunes un escrito solicitando a la secretaria accidental que proceda a la aplicación de la Ley Electoral vigente, y en base a ella tome «con carácter inmediato» las acciones legalmente previstas para que Domingo González Arroyo «abandone los cargos de alcalde y de concejal que actualmente ocupa por la pena de 9 años de inhabilitación especial para cargos públicos. Astica recuerda a la secretaria que la citada ley establece que esta condena produce una incompatibilidad sobrevenida. También parte de que todas las actuaciones de González desde el 25 de junio son nulas de pleno derecho.
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