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Llegó el momento de rendir cuentas en una nueva Campaña de la Renta a la que están llamados más de 24 millones de contribuyentes, que desde este miércoles 2 de abril y hasta el próximo 30 de junio deben remitir a Hacienda su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para comprobar si, esta vez, les sale a pagar o a devolver por los ingresos obtenidos el año pasado por rendimientos del trabajo y del ahorro.
Como todos los años, los plazos cambian dependiendo del trámite se quiere hacer online, por teléfono o de forma presencial en una oficina tributaria, lo que conlleva su propio calendario para solicitar cita previa para cada uno de los procesos.
Con el acceso a los datos fiscales ya habilitado desde marzo por la Agencia Tributaria, los contribuyentes podrán presentar ya su declaración a través de Internet. Todo el mundo, esté obligado o no a hacer la declaración, puede acceder al borrador. Pero sí están obligados a pasar por Hacienda aquellos ciudadanos que tengan un único pagador con un salario de más de 22.000 euros en 2024. Quienes tengan más de un pagador y hayan ganado en 2024 más de 15.876 euros (antes era de 15.000), siempre que el segundo pagador le haya pagado más de 1.500 euros anuales.
Desde este día y hasta el 27 de junio se puede pedir cita previa, tanto por Internet como llamando por teléfono con la asistencia telefónica de la Agencia Tributaria a través del 'Plan Le Llamamos'.
Para ser atendido por la Agencia Tributaria, tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Comienza el plazo para presentar la declaración de la Renta por vía telemática a través del 'Plan Le Llamamos' con asistencia de la Agencia Tributaria, tras haber solicitado la cita previa.
Se inicia el plazo para solicitar cita previa para elaborar la declaración de forma presencial en una oficina tributaria, a través de los teléfonos ya mencionados.
Este día marca el inicio del plazo para confeccionar y presentar la declaración de la Renta 2024 de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Para ello, es imprescindible haber solicitado cita previa.
Esta es la fecha límite para domiciliar el pago si tu declaración de la Renta resulta a ingresar, es decir, si te corresponde pagar a Hacienda.
Último día para solicitar cita previa si quieres hacer tu declaración de la Renta de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
El 30 de junio es la fecha límite para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Este día finaliza oficialmente la Campaña de la Renta, tanto para presentaciones por Internet como para aquellas realizadas con ayuda de un gestor o en oficinas de la Agencia Tributaria.
Conviene tener muy presente este calendario para evitar disgustos y que se nos pasen los plazos para cada trámite, sobre todo en un año en el que habrá importantes novedades que todos los declarantes deben conocer. Lo primero, es saber si debe hacer la declaración de la Renta, algo que dependerá del mínimo de ingresos, las retenciones y, también, si tiene derecho a deducciones fiscales.
Benja Anglè
Profesor de la UOC
Además de los ingresos mínimos mencionados, también deben hacer la declaración aquellas personas que perciban pensiones compensatorias o las que tengan ingresos de rentas inmobiliarias, capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención. Las ayudas públicas que superen los 1.000 euros anuales -por ejemplo, las subvenciones para la compra de viviendas de protección oficial- también deben tributar.
«Si la declaración resulta a pagar, es posible fraccionar el pago en dos plazos sin intereses (el 60 % en el momento de la presentación, y el 40 % restante en octubre). Además, como otra novedad de este año, se ha anunciado que el pago se podrá realizar a través de Bizum, recuerda Benja Anglè, profesor de la UOC, en un análisis de la Campaña.
Independientemente de sus ingresos, los autónomos y trabajadores por cuenta propia inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en algún momento de 2024 también están obligados, así como las personas que hayan recibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV), entre otros.
Finalmente, y para alivio de muchos, se aplaza hasta el próximo año la obligación de presentar la declaración para las personas que hayan cobrado prestaciones de desempleo en 2024.
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Cristina Cándido y Álex Sánchez
Lucía Palacios | Madrid
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