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Los divorcios y las separaciones crecieron un 5,7% en el primer trimestre de 2021 respecto al mismo periodo del año anterior
Me divorcio: ¿qué ocurre con la hipoteca?
Poner punto y final a una relación sentimental nunca es fácil, pero puede ser aún más complicado si se tiene una vivienda hipotecada en común. Estas son las opciones para gestionar los gastos del crédito hipotecario cuando se produce una ruptura matrimonial

Los divorcios y las separaciones crecieron un 5,7% en el primer trimestre de 2021 respecto al mismo periodo del año anterior, hasta los 25.387 casos, según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En concreto, las demandas de divorcio y las de separación consensuadas tuvieron un incremento interanual medio del 9,7% en los tres primeros meses de este año. Los divorcios no consensuados se mantuvieron estables, con un 61% de los casos, y las separaciones no consensuadas disminuyeron un 14,4%, con un 42% de los casos, según las cifras publicadas por el CGPJ.
En el caso de que dos cónyuges se divorcien, ambos deben asumir el pago de la hipoteca siempre que sean titulares
Inevitablemente en todos los casos existen cuestiones complicadas de repartir, como la vivienda familiar, pero también la posible hipoteca asociada a esta. En este sentido, existen diferentes escenarios que deben tenerse en cuenta a la hora de decidir quién afrontará el pago de las cuotas. Dentro de esta negociación, es fundamental contar con un buen equipo, con un abogado y con un gestor de la entidad bancaria de confianza.
¿Qué sucede con la hipoteca si se vende la vivienda?
Según María Moncho Domínguez, abogada de Legálitas, cuando se produce un divorcio, una separación o una ruptura sentimental y existe una vivienda en copropiedad con carga hipotecaria, se debe partir de la premisa de que ambas partes están obligadas a la devolución del préstamo, ya que dicha obligación contractual la mantienen con la entidad bancaria. Esta experta destaca que “lo más deseable sería que ambos cónyuges o propietarios, adoptaran, mediante un acuerdo, la adjudicación de la vivienda y del préstamo hipotecario a uno de ellos, con la consecuente renovación de la escritura del préstamo hipotecario a favor del adjudicatario a través de una novación, lo que permitiría a la otra parte una completa desvinculación contractual con la vivienda hipotecada”.
No obstante, cuando no sea posible alcanzar un acuerdo, los propietarios tienen la opción de alquilar o vender la vivienda para liberarse de la carga hipotecaria. De esta manera, los dos titulares quedan desvinculados del préstamo hipotecario -tras cancelar la hipoteca o tras la compraventa con subrogación-.
Cuando uno de los dos propietarios cede su parte de la vivienda al otro, que es lo que se conoce como proceso de extinción de condominio de un bien gravado con una carga hipotecaria, el papel de la entidad bancaria es fundamental, ya que forma parte de la relación contractual, mediante la cual los prestatarios se obligan a la devolución de las cantidades cedidas en préstamo. Siendo así, el banco es el único que puede autorizar, de común acuerdo con los prestatarios, cualquier modificación sobre las condiciones establecidas en la escritura de la hipoteca.
Por ello, si los cónyuges quieren adjudicar a uno de ellos la vivienda hipotecada, será necesario que el banco consienta dicha operación ya que en caso contrario, seguirán estando ambas partes obligadas a proceder con la devolución del préstamo.
Moncho Domínguez explica que “cuando no hay un acuerdo a la hora de gestionar este reparto, bien sea entre cónyuges o parejas, será necesario acudir a la vía judicial para que, según el caso, se proceda a la liquidación de los bienes gananciales, o bien a la extinción del condominio mediante un procedimiento de división de cosa común. Mientras tanto, ambos propietarios y prestatarios deberán seguir contribuyendo al pago de la cuota hipotecaria”.
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Cuando no sea posible alcanzar un acuerdo, los propietarios tienen la opción de alquilar o vender la vivienda para liberarse de la carga hipotecaria
Diferencias entre divorcio y separación en el caso de la gestión de la hipoteca
La relación contractual más importante es la existente entre la entidad bancaria como prestamista y los cónyuges o la pareja como prestatarios, lo que conlleva que el vínculo existente entre ellos no afecte directamente a la gestión de la hipoteca. Por lo tanto, no habrá diferencias entre un divorcio y una separación para gestionar la hipoteca.
Por el contrario, el reparto de la vivienda sí dependerá del régimen económico del matrimonio o del vínculo existente entre ellos, y de la participación de cada uno en la adquisición del inmueble. Por ejemplo, si la vivienda fue adquirida por uno de los cónyuges antes del matrimonio, con independencia del régimen económico, la propiedad seguirá siendo del mismo. No obstante, para el supuesto de que existan hijos menores de edad en común, cabe la posibilidad de que, si bien la propiedad seguirá siendo del titular, se otorgue el derecho de uso de la vivienda a quien presente el interés jurídico más necesitado y ostente la custodia de los menores.
En el caso de una pareja que haya contraído la deuda de su hipoteca sin estar casados, en el momento de la separación, cada uno tendrá que responder al pago con relación a cómo se hizo el reparto de este préstamo cuando lo contrataron. Si por el contrario, se firmó la hipoteca una vez ya casados, por norma general, dependerá del régimen económico al que estén adheridos. Lo más común es que si se trata del divorcio de un matrimonio con un régimen de gananciales, la deuda de la hipoteca se divida al 50%.
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