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Las Palmas de Gran Canaria
Jueves, 16 de marzo 2023, 21:03
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a dos jóvenes a los que se les atribuía una agresión sexual a una menor durante los carnavales de Santa Cruz de Tenerife de 2020. En este proceso, la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife solicitaba diez años y medio de cárcel para cada uno de los acusados y el pago conjunto de 10.000 euros.
La sala entiende que las declaraciones de la denunciante durante el juicio no resultaron del todo creíbles, al menos para poder concluir en una condena y dejar sin efecto la presunción de inocencia, en una causa en la que también estuvo implicado un menor que, en su momento, quedó absuelto por el correspondiente Juzgado.
El grueso de la acusación recaía en que los acusados habían mantenido relaciones sexuales con una menor, pero dado que este hecho era desconocido por ellos, que tampoco lo comentó ella y que existe una pequeña diferencia de edad, se descartó condenarlos por este motivo.
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 29 de febrero de 2020, cuando la joven, que había huido de su casa, acudió con los tres jóvenes a otra casa que un familiar de uno de los procesados le había prestado durante los carnavales. Más adelante se comprobó que estaba embarazada de varias semanas y que además había consumido alcohol y hachís. Los cuatro se conocían porque viven en el mismo barrio de la isla de Tenerife, en Añaza.
En la vivienda, uno de ellos le pidió a la chica que lo acompañara a una habitación, lugar en el que mantuvieron relaciones sexuales de forma consentida, como reconoció la menor.
Tiempo después, los otros dos jóvenes intentaron entrar en el cuarto y, aunque el que se encontraba con la denunciante quiso impedirlo poniendo una madera en la puerta, no logró evitar que éstos accedieran e intentaran mantener relaciones sexuales con ella. En el caso de uno de ellos fue una felación porque dijo que eran familiares, mientras que el menor sí la consumó.
Como la casa no tenía luz, los jóvenes utilizaron la linterna de un móvil para alumbrarse, aunque la presunta víctima llegó a pensar que estaban grabando un video, lo que no quedó acreditado, pese a que ella asegura que vio una pequeña parte del mismo.
La madre del joven que era familiar de la denunciante llamó a la de la chica y le advirtió de que en las redes sociales estaba circulando esa grabación, lo que en el juicio negó, y declaró que lo había dicho para conseguir que la menor contara la verdad sobre lo ocurrido.
El familiar que se vio involucrado en los hechos señaló que en realidad quería que la madre de la menor supiera que había visto a la menor huida y la vida que llevaba.
La denuncia no fue presentada hasta varios meses después porque la madre de la víctima se negaba, dado que ella había vivido una experiencia semejante, «y en un barrio como el nuestro es peor lo que te ocurre cuando presentas la denuncia que la propia violación».
Sin embargo, cuando la joven se fue a vivir con el padre, éste alarmado la instó a acudir a los juzgados, con lo que hubo un periodo de tiempo que también se toma en cuenta a la hora de poner en duda la versión de la chica.
Otro dato que va en este sentido es que, tras haber ocurrido los presuntos hechos, todos fueron juntos en un taxi a desayunar, sin que la presunta víctima pareciera mostrar resentimiento o haber sufrido la mencionada agresión.
El Instituto de Medicina Legal de Canarias concluyó que la madurez de la chica era acorde a su edad, y que presentaba una personalidad sumisa, fácilmente manejable, vulnerable y manipulable, por lo que está en tratamiento psicológico.
También se puso en duda la madurez de uno de los acusados y, pese a las contradicciones del otro, se concluye que no es suficiente como para imponer una condena.
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