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Empresario implicado, ante el Palacio de Justicia en Arrecife. COBER LANZAROTE
La Audiencia Nacional avala la instrucción del caso Unión

La Audiencia Nacional avala la instrucción del caso Unión

Rechazada la petición de responsabilidad patrimonial del José Ramón Vizcaíno, inversor a quien le fueron incautados bienes

José R. Sánchez López

Arrecife

Jueves, 12 de diciembre 2024, 23:01

La Audiencia Nacional, a través de la Sección 3, emitió a mediados del pasado mes un auto por el que resuelve en contra del empresario José Ramón Vizcaíno, quien formó parte de las personas investigadas en la segunda fase del caso Unión, en la primavera de 2010. En el documento judicial se d a entender que la instrucción seguida fue ajustada a los cauces necesarios para avanzar en la investigación, con participación de la Guardia Civil, a través de agentes de la UCO.

El auto deja sin efecto la reclamación patrimonial hecha por el empresario, de más de un millón de euros. Vizcaíno, quien el 26 de abril de 2010 quedó en libertad, acusado de presuntos delitos de insolvencia punible y blanqueo de capitales; fue exonerado de toda responsabilidad cuando en 2018 se hizo definitivo el archivo de las actuaciones. Por entonces, el afectado no había podido recuperar los bienes incautados.

Fue en junio de 2019 cuando señaló a CANARIAS7 el empresario que emprendía acciones, al considerar dañado su patrimonio. «Las propiedades las perdí todas», dijo por aquellos días. Y no mucho mejor se encuentra en la actualidad, en virtud de las declaraciones de este jueves, tras haber hecho una visita a las dependencias del Colegio de la Abogacía de Lanzarote, en el Palacio de Justicia, al objeto de hacer valer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

No se ve error

En el auto de la Audiencia Nacional se incluyen valoraciones del Juzgado de Instrucción 5 de Arrecife en días en que la investigación del caso Unión estaba aún en curso. «Visto que todavía no se ha culminado el informe sobre las entradas y registros en los cuales se han intervenido las facturas y pagarés aludidos por la defensa, todavía no es posible valorar su relación con la investigación penal», reza un documento fechado a mitad de 2012.

Y con este fundamento de sustento se considera que «la posición del recurrente no puede asumirse», se matiza en la decisión fechada en Madrid con la rúbrica como ponente de la magistrada Isabel García García-Blanco, «en la medida que bajo la referencia formal a un supuesto funcionamiento anormal, algo necesario para dar cobertura a su reclamación en la vía utilizada, es evidente que el punto sobre el que está gravitando gran parte de su reclamación patrimonial exige revalorar hechos y reconsiderar argumentos jurídicos». Se descarta así un error judicial.

El empresario pide varios pagarés, un abono por lucro cesante y compensaciones por presunta pérdida de bienes a su cargo en el momento de ser arrestado, por orden del magistrado César Romero Pamparacuatro. La relación está en el auto del contencioso administrativo desestimado.

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