El TSJC ratifica la pena al hombre que atacó a una pareja en Vargas y violó a la mujer
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Tendrá que cumplir una condena de 18 años y dos días de prisión
Tribunales ·
Tendrá que cumplir una condena de 18 años y dos días de prisiónLa Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso interpuesto contra la sentencia que condenó a Santiago P.H. a 18 años y dos días de prisión por un delito de agresión sexual con acceso carnal y detención ilegal. Santiago, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, fue declarado culpable de atacar a una pareja de campistas en Playa de Vargas, Agüimes, atando al hombre y violando a la mujer, en una sentencia adelantada por este periódico.
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El 1 de abril de 2020, sobre las 22.00 horas, Santiago P.H. se dirigió al lugar conocido como Montaña del Camello, donde la chica y su pareja estaban acampando. Vestido con una sudadera oscura con capucha, pasamontañas y guantes, Santiago P.H. se acercó a la tienda de campaña de la pareja y, fingiendo ser policía, los amenazó con un cuchillo de 20 centímetros de hoja. Obligó a la mujer a atar a su novio con bridas, inmovilizándolo completamente, y luego la llevó a una edificación abandonada.
En este lugar, Santiago P.H. sometió a la víctima a una agresión sexual, penetrándola primero vaginalmente y luego analmente, antes de abandonar la escena pasadas las 23.30 horas. La chica, desamparada, permaneció en el lugar hasta que un hombre que paseaba con su perro la encontró y le prestó ayuda. Por su parte, el hombre logró liberarse parcialmente de las ataduras y pedir auxilio a través del 112, siendo localizado por la Guardia Civil pasadas las 1.30 de la madrugada.
Como resultado de estos hechos, la víctima sufrió erosiones en las muñecas y un trastorno adaptativo reactivo postraumático con secuelas psíquicas graves. El denunciante, por su parte, también sufrió daños psicológicos derivados de la inmovilización y la situación de terror vivida.
La Sala también impuso a Santiago P.H. una orden de alejamiento de 18 años respecto a ella y de seis respecto a él, prohibiéndole acercarse a menos de 500 metros de ellos o comunicarse por cualquier medio. Además, deberá indemnizarla con 75.000 euros y con 25.000 euros al joven por los daños morales causados.
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En su recurso, la defensa de Santiago P.H. alegó la falta de motivación de la sentencia y errores en la valoración de las pruebas, incluyendo la ausencia de restos biológicos en el cuerpo de la víctima y en las bridas encontradas. Sin embargo, el TSJC consideró que las pruebas presentadas, incluyendo las declaraciones consistentes de las víctimas, los informes forenses y los testimonios de la Guardia Civil, eran suficientes para confirmar la culpabilidad de Santiago P.H. más allá de toda duda razonable.
El TSJC subrayó que la declaración de las víctimas, corroborada por pruebas físicas y testimoniales, fue clave para ratificar la sentencia. Las pruebas incluían el ADN de Santiago P.H. en las bridas y en la mejilla de la mujer, así como la presencia de un cuchillo en la escena con restos de sangre.
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