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Tres años de cárcel a los dueños de un club cannábico que contaba con más de 500 socios en Fuerteventura

Tres años de cárcel a los dueños de un club cannábico que contaba con más de 500 socios en Fuerteventura

Los responsables alegaban que todos los miembros eran enfermos que necesitaban terapia con marihuana

CANARIAS7

Las Palams de Gran Canaria

Jueves, 2 de mayo 2024, 17:20

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha impuesto a un hombre y a una mujer una condena de tres años de cárcel al ser responsables de un club cannábico que operaba en la isla de Fuerteventura, con más de 500 miembros en sus listas.

Fue en octubre de 2019 cuando la policía encontró drogas y equipos para el cultivo en el local, incautando 546 gramos de marihuana y otros elementos relacionados con el tráfico de drogas. El presidente de la asociación tiene antecedentes penales por varios delitos.

La sentencia califica los hechos como un delito por tráfico de drogas y asociación ilícita, por lo que ordena la disolución definitiva de la asociación, así como la prohíbición de llevar a cabo cualquier actividad. De esta manera, se les llama a declarar el decomiso de la marihuana incautada por las fuerzas del orden en el establecimiento que regentaban los acusados.

La defensa alegaba que la asociación tenía fines terapéuticos, educativos e investigativos pero, dice el fallo, no se encontraron pruebas que respaldaran estas afirmaciones. En esta línea, no se podía verificar si los más de 500 miembros estaban avalados como consumidores de sustancias ni si realmente necesitaban cannabis por razones terapéuticas

En este sentido, los estatutos de la asociación mencionaban actividades relacionadas con la promoción de la terapia con cannabis, pero no se llevaban a cabo.

En esta causa, el Tribunal declara que, de los 500 asociados, «ninguno de ellos ha sido citado como testigo por los procesados a fin de hacer valer sus afirmaciones y acreditar los fines terapéuticos, educacionales, investigadores y didácticos de la asociación, fines que nunca han existido y nunca se han llevado a cabo por la asociación».

Además, se descubrió que parte del local se usaba para el cultivo de marihuana, lo que violaba las disposiciones legales.

En definitiva, la sentencia establece que las actividades de la asociación no estaban amparadas por la doctrina del consumo compartido y que la organización no se ajustaba a sus propios estatutos, ya que se dedicaba principalmente al cultivo y venta de marihuana.

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