Secciones
Servicios
Destacamos
Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.
La Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria se presentó este martes en la terraza TAO para notificar la orden de clausura que pesa sobre la actividad.
Aunque no se produjo el precinto de la terraza, los agentes de la Policía Local se desplazaron hasta la TAO para informar a las empresas que gestionan este local de ocio de que deben abandonarlo.
La recuperación de la TAO, que desarrolla su actividad gracias a una concesión de uso privativo de una zona de dominio público, es un empeño del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria desde hace ya cinco años.
Las empresas que gestionan la terraza al aire libre suscribieron el contrato de uso con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en septiembre de 2011, hace ya trece años.
En 2019, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria decretó la finalización de la actividad «por caducidad por vencimiento del plazo» de la concesión.
En aquella resolución municipal, se daba un mes de plazo a la concesionaria para el desalojo y acondicionamiento del espacio con vistas a su devolución al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Sin embargo, los concesionarios de la TAO recurrieron esta decisión en los tribunales, tras agotar la vía administrativa.
En noviembre de 2019, el Juzgado de los Contencioso-Adminstrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria suspende de modo cautelar la orden municipal, lo que motivó la interposición de un recurso por parte del Ayuntamiento.
En 2022 llega la sentencia que tumba el recurso de las empresas MB Producciones Canarias y Santropé Servicios y Eventos, que son las que explotan el negocio.
Esta decisión fue recurrida por las concesionarias y, en septiembre de 2022, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) da la razón al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en su reclamación del espacio que ocupa la TAO.
Noticia relacionada
El asunto llega al Tribunal Supremo, pero en la instancia judicial superior no se ve motivo de casación, ya en el año 2023.
En abril de 2024, el servicio de Patrimonio del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria vuelve a requerir el cese de la actividad, una vez que la resolución municipal de desalojo se ha convertido en firme, según entiende el concejal de Presidencia, Francisco Hernández Spínola, en la resolución emitida el pasado 22 de octubre.
Sin embargo, este requerimiento de abril también es recurrido por parte de las concesionarias. De nuevo se inicia un procedimiento que en julio genera una solicitud urgente a la Policía Local para comprobar que se dio cumplimiento al desalojo.
A principios de julio, la Policía Local constata que la actividad se mantenía, de ahí que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria incoara un procedimiento de ejecución forzosa «para el cese de la actividad y entrega de la concesión de la zona de dominio público en los jardines de Alonso Quesada-terraza TAO».
Es entonces cuando los concesionarios presentan alegaciones contra esta decisión. Argumentaban que había un recurso sin concluir y que, de no suspender la orden de ceses, se contravendría el principio de tutela judicial efectiva.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria desechó estos argumentos, al entender que «la presentación del recurso contencioso no suspende per se la ejecución del acto administrativo, sino que sería necesaria la adopción de medidas cautelares», cosa que no se produjo. Además, los servicios jurídicos municipales entienden que suspender la devolución de la superficie de la TAO «dañaría gravemente el interés general, que básicamente consiste en recuperar un espacio público que es propiedad del municipio, y no de una empresa».
Las empresas también alegaron que la orden de ejecución forzosa es contraria a derecho y anunciaron su intención de impugnarla en los tribunales.
Estas razones tampoco fueron atendidas por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. «Simplemente hace falta comprobar la fecha de la resolución inicial (28.03.2019), así como estudiar el largo periplo administrativo y judicial de las sucesivas reclamaciones contra la misma, para entender que se han cumplido con todas las garantías posibles», argumentan los letrados municipales, «lo que no puede pretender la recurrente es alargar sine die la ejecución de un acto declarado firme por los juzgados y tribunales, haciendo un uso abusivo de los mecanismos legales a su alcance para obstaculizar» su cumplimiento.
Tras ello, el futuro de la TAO vuelve a decidirse en los tribunales. La entidad Santropé interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la orden de cese de la actividad y solicitó la suspensión cautelar de su ejectuvidad, aunque esta petición fue desestimada.
Por eso, y ante un nuevo informe de la Policía Local que constató que la terraza seguía funcionando en octubre, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ordenó acordar la ejecución forzosa de la orden de desalojo. Y, con carácter subsidiario e inmediato, clausurar con un precinto la terraza y tomar posesión de ella.
Este martes la Policía Local se presentó en la terraza para comunicar a los concesionarios la determinación municipal, aunque no se ha precintado la actividad.
Todo indica que el caso se resolverá finalmente en los tribunales, aunque el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria asegura que contra su última resolución ya «no cabe recurso alguno por ser mera ejecución material de un acto administrativo firme».
El Consistorio ha puesto el caso en manos de los servicios jurídicos municipales «de cara a valorar la posible interposición de cualquier tipo de acción judicial para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la ocupación irregular de la terraza TAO»
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.