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Juicio SIC: Ramírez apelará a una instrucción contaminada por Alba y las prescripciones
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Comienza la vista que sienta en el banquillo a Ramírez y De Armas. Las cuestiones previas del primer día serán clave en este procedimientoComienza el juicio que sienta en el banquillo a los empresarios Miguel Ángel Ramírez y Héctor de Armas, responsables de la ya extinta empresa Seguridad Integral Canaria (SIC) y que se enfrentan a una petición de condena por parte de la sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Las Palmas de 21 años y medio de cárcel y 105 millones de multa para el primero y 14 años y 79,32 millones para el segundo.
Las defensas plantearán una gran batería de cuestiones previas centradas, entre otros motivos, en que la instrucción de la causa está contaminada por la presencia en la misma del juez condenado Salvador Alba –ahora en firme– y que los delitos a los que se enfrentan ya han prescrito. De esta forma, interesarán la nulidad de la causa y, por consiguiente, la libre absolución de sus clientes en contra de las tesis que formularán tanto el Ministerio Público como el sindicato USO, la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, por el presunto fraude de 36,66 millones que generó la compañía al Estado entre los ejercicios 2012 y 2017.
El juicio se prolongará desde este martes hasta el próximo día 20 ante un tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas compuesto por el magistrado ponente Miguel Ángel Parramón y sus compañeros Pedro Herrera y Secundino Alemán. Pero no será hasta el 19 cuando Ramírez y De Armas declaren por la presunta comisión, según la fiscal Evangelina Ríos, de cinco delitos contra la Hacienda Pública y tres contra la Seguridad Social –para el primero– y tres delitos contra la Hacienda Pública y dos contra la Seguridad Social –para el segundo.
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En la primera jornada están previstas las cuestiones previas que resultarán fundamentales para el devenir del procedimiento. No en vano, las defensas apelarán a ellas para intentar la absolución de los acusados. La respuesta que ofrezca Evangelina Ríos a las mismas será crucial.
El escrito de defensa de José Antonio Choclán, el abogado de Ramírez, ya deslizó los ejes fundamentales de la que será su estrategia. A esta parte le «resulta evidente», que el objeto inicial de este procedimiento se circunscribió «exclusivamente a los ejercicios 2008 y 2009, habiendo sido declarada la prescripción» respecto a 2008. Por lo tanto, defiende que «las actuaciones únicamente se siguieron» contra Ramírez por el ejercicio 2009, que «carecerían de relevancia penal».
Mientras, en lo que se refiere a los ejercicios 2010 a 2013, «los mismos están excluidos del objeto del presente procedimiento» al no haberse ampliado formalmente «ni haberse dirigido la causa» frente al presidente de la UD «por estos ejercicios» como dice que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal. «En todo caso», añade, no se completó la «actuación administrativa» con relación a 2010 y siguientes en los términos ordenados por el Juzgado de Instrucción por auto firme de enero de 2014, ni se le tomó declaración como investigado por estos hechos, entiende.
En cualquier caso, el letrado sostiene que Ramírez «dejó de ostentar la condición de administrador» de SIC en 2011 y «sin que se haya acreditado si quiera mínimamente su eventual condición de administrador de hecho», todo ello a los efectos de la «eventual atribución de responsabilidad penal», indica.
Aunque no conste en este documento, las defensas también intentarán demostrar que la instrucción estuvo contaminada, entre otras circunstancias, por la presencia en la misma del juez ahora condenado y ya cumpliendo pena de prisión, Salvador Alba. En su momento, este fallo no era firme, por lo que no pudieron alegar esta circunstancia.
Por su parte, la fiscal Evangelina Ríos describe que SICoperó ilegalmente a partir de 2011 para reducir su masa salarial y adjudicarse numerosos concursos públicos en toda España. Concurría a los mismos con costes muy inferiores a los de su competencia, que sí pagaba el convenio sectorial.
Una de las maniobras, según el Ministerio Público, fue «camuflar» las horas extras que hacían sus vigilantes y abonárselas como si fueran dietas. De esta forma, no tenían que retener cantidades a sus empleados de cara al IRPF y se ahorraban cotizar por esos pagos a la Seguridad Social.
Así, Ramírez eludió el pago de 6,60 millones a Hacienda y otros 11,45 a la Seguridad Social.
El resto de cantidades presuntamente defraudadas por Ramírez y De Armas al erario público provienen de los acuerdos que Seguridad Integral aplicaba a su plantilla tras «descolgarse» del convenio nacional del sector.
Los mismos fueron anulados por el Tribunal Supremo, en sentencias que establecían que Seguridad Integral Canaria debería haber pagado a sus trabajadores conforme al convenio del sector desde 1 de marzo de 2012.
Al no aplicar el convenio del sector, subraya la Fiscalía, Seguridad Integral Canaria mantuvo en una «situación de precariedad a sus trabajadores» que le permitió no abonar determinados conceptos que en realidad les correspondían y por los que tampoco tributó.
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