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Un grupo de 45 participantes en el proceso selectivo abierto por Guaguas Municipales para constituir una bolsa de empleo de chóferes integrada por 350 personas para cubrir las necesidades de contratación de la empresa, tanto indefinidas como temporales, ha interpuesto una demanda de tutela de derechos fundamentales contra las bases que rigen el proceso selectivo.
Los demandantes consideran que los criterios selectivos aplicados por Guaguas «atentan gravemente contra, al menos, tres derechos fundamentales, sin contar que en la demanda mencionamos unas diez infracciones más». Aseguran que las bases discriminan a personas con discapacidad o aquellas que tengan «un historial clínico oncológico» y piden al juez que declare la nulidad de las bases, así como que proceda a la suspensión cautelar del proceso selectivo hasta que se dicte la sentencia correspondiente.
Este periódico intentó conocer la versión de Guaguas Municipales, pero la empresa municipal de transportes prefirió no pronunciarse hasta que se celebre el juicio.
Las bases determinan de que las 350 plazas, un total de 25 quedan reservadas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Los aspirantes que cumplan estas condiciones «serán admitidos en igualdad de condiciones que los demás, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las responsabilidades o funciones de conductor-perceptor, ni que resulte necesario adaptar el puesto de trabajo».
Esta acotación es la que ponen en conocimiento del juez los demandantes. «Es totalmente discriminatorio e incongruente que un discapacitado que, teniendo el permiso de conducir D y el mínimo de 10 puntos en su carnet de conducir, no pueda ser contratado porque la empresa pública no esté dispuesta a adaptar el cuadro de mandos o el habitáculo del conductor de una guagua», se hace constar en el escrito de demanda, que entiende que esto vulnera el derecho a la plena integración de las personas con discapacidad.
«Es como si una universidad estableciera un cupo de ingreso preferente para aquellos alumnos con algún problema de autonomía personal (por ejemplo, ir en silla de ruedas) y después se negara a realizar las obras de una rampa para que estos alumnos pudiesen acceder a las aulas», ponen como ejemplo.
Otro aspecto denunciado es el referido al reconocimiento médico, en concreto la inclusión de la patología de tipo tumoral como motivo de exclusión. «Estos sobrerrequisitos (...) son un acto arbitrario y sin aparente justificación», algo que los denunciantes entienden que «va en contra de lo dispuesto legalmente y discrimina -por motivos de enfermedad- a aquellos aspirantes que tengan un historial clínico oncológico».
Además de criticar otras razones incluidas en el cuadro de exclusiones, la demanda también arremete contra la exigencia de no haber sido separado del servicio de cualquier empresa pública, de no encontrarse en inhabilitación, absoluta o especial, para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o haber sido trabajador de Guaguas Municipales despedido por motivo disciplinario en virtud de una resolución judicial firme.
Los demandantes entienden que, salvo el caso de inhabilitación absoluta para empleo por resolución judicial, «no es legal el impedir a cualquier ciudadano acceder a un empleo en una empresa pública por el hecho de haber -en el pasado- sido despedido o separado de cualquier empresa, ya que no solo atenta contra el derecho al trabajo, sino también contra el derecho a la reinserción social».
Para estos trabajadores, «si un expresidiario tiene derecho a trabajar y a reinsertarse en la sociedad una vez ha cumplido con la pena impuesta, no menos derecho tendrá cualquier persona a ser aspirante en un proceso selectivo de una empresa pública si no está en situación legal de inhabilitación».
Respecto a la aceptación de las bases que se impone en el texto por el que se rige la oferta de empleo, se considera que vulnera el derecho a una tutela judicial efectiva. «No se puede exigir una adhesión total de los aspirantes, mediante su firma a la solicitud de admisión en el proceso selectivo, al contenido de las bases hurtándoles del derecho a acudir al os tribunales si consideran que éstas no se ajustan a derecho».
También son denunciadas algunas pruebas físicas de selección, el perfil profesiográfico o el propio desarrollo del proceso selectivo.
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