
Condenan de nuevo al futbolista Joel Domínguez, esta vez por quebrantar una orden de alejamiento
Tribunales ·
La magistrada le impone seis meses de cárcel tras constatar que quebrantó la medida impuesta tras cometer un delito de violencia de géneroSecciones
Servicios
Destacamos
Tribunales ·
La magistrada le impone seis meses de cárcel tras constatar que quebrantó la medida impuesta tras cometer un delito de violencia de géneroEl Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a seis meses de prisión al futbolista, ex de la Unión Deportiva Las Palmas, Joel Domínguez, por haber quebrantado la orden de alejamiento que tenía con respecto a la que era su anterior pareja sentimental. Una medida que le habían impuesto en marzo de 2023 tras reconocer que había maltratado a dicha mujer, por lo que fue penado por un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género.
Esta sentencia recoge las peticiones formuladas por el fiscal Jesús Lomba y la abogada de la acusación particular, Margarita Alejo Hervás.
Esta nueva sentencia, dictada por la magistrada Virginia Peña Hernández, detalla que la noche del 18 de marzo de 2023, el futbolista y la joven se citaron en el Parque Doramas, a pesar de la orden de alejamiento que pesaba sobre él desde el 7 de marzo de 2023. Según la declaración de la víctima, el contacto se mantuvo a través de cuentas en redes sociales que habían creado, lo que les permitió comunicarse eludiendo inicialmente la prohibición judicial. Ese día, ambos decidieron encontrarse en el parque, junto a la escultura de la jirafa, donde conversaron durante unos treinta minutos.
La situación se complicó cuando la denunciante se dio cuenta, a través del sistema de geolocalización de su teléfono, que su madre se encontraba en las inmediaciones. Fue entonces cuando alertó a Joel Domínguez y ambos se separaron rápidamente en direcciones opuestas. Sin embargo, la madre los vio juntos e intentó sin éxito tomar fotos mientras ellos se alejaban.
La víctima cayó mientras intentaba marcharse de ese lugar en su patineta y en ese instante, su madre la recogió y la llevó a un centro de salud, donde fue atendida por rasguños menores. Dos días después, la joven y su progenitora acudieron a la comisaría de la Policía Nacional para formalizar la denuncia por quebrantamiento de condena.
Durante el juicio, la víctima relató que ella y Joel mantenían contacto constante mediante el uso de perfiles falsos en redes sociales, lo que les permitía eludir la prohibición. Además, afirmó que el 18 de marzo había hablado con su ex a través de Twitter para coordinar el encuentro en el parque.
La madre de la víctima corroboró esta versión. Explicó que esa noche, mientras estaba en casa, la chica le dijo que iba a ir a comprar unas flores a Juan XXIII y esto le dio mala espina. Por ese motivo consultó la geolocalización del móvil de su hija y vio que se encontraba en el Parque Doramas. Decidió acercarse en su coche y, al llegar, reconoció a Joel Domínguez desde la distancia y a su hija marchándose del lugar en dirección opuesta.
En su testimonio, Natalia explicó que había sido consciente del «enganche emocional» de su hija con el acusado, y por eso vigilaba de cerca sus movimientos, temiendo que algo como esto pudiera suceder.
Por otro lado, el acusado, negó los hechos y argumentó que había permanecido en casa de su abuela ese día y solo salió por la tarde para quedar con su actual pareja y lo hizo acompañado de su padre que lo recogió y luego lo fue a buscar. Sostuvo que no había visto en ningún caso a la denunciante y que desconocía los motivos por los que se le acusaba de violar la orden de alejamiento. Domínguez afirmó que, desde que fue condenado en marzo de 2023, había evitado cualquier contacto con su expareja y añadió que el teléfono móvil que entregó voluntariamente para la investigación no mostraba ninguna actividad que pudiera relacionarse con los hechos.
En el juicio también declaró la abuela del acusado, quien dijo que su nieto había pasado la noche del 18 de marzo en su casa -al contrario de lo que manifestó el condenado- y que éste se encontraba afectado psicológicamente desde la condena. Insistió que el joven había estado bajo su supervisión y que no había salido esa noche. Mientras, su madre, también se contradijo y ofreció una versión diferente. Declaró que Joel no tenía otra novia en la época de los hechos y que tampoco mantenía contacto con su padre desde mucho tiempo atrás.
La magistrada en su sentencia, indicó que las declaraciones de la víctima y su madre fueron «firmes, coherentes y absolutamente coincidentes» en todos sus extremos y consideró que las manifestaciones de la joven reunían los requisitos de «verosimilitud e incredibilidad subjetiva», descartando que existiera algún móvil espurio por el cual quisiera incriminar a su expareja.
La autoridad judicial también observó inconsistencias en la defensa del acusado. Señaló que la coartada de Domínguez, quien afirmó que su padre lo había recogido la noche de los hechos, fue desmentida por los testimonios de sus propios familiares, quienes afirmaron no haber visto al padre en esa fecha. Esta contradicción debilitó la credibilidad de su relato, según la magistrada.
Además, la sentencia destacó que Domínguez entregó su teléfono voluntariamente, aunque este no contenía ningún registro de actividad el día de los hechos cuando fue analizado. La subinspectora del Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía Judicial, que declaró en el juicio, mencionó que no se hallaron datos de que el acusado hubiese utilizado su teléfono, un hecho que describió «con absoluta extrañeza», destaca el fallo que, además, insiste en que el terminal entregado era «diferente» al que había usado en el momento de los hechos.
«Para esta juzgadora», determina en la sentencia, «no existe ninguna duda de la credibilidad del relato de la víctima ni de su madre» porque el encausado «mintió ante el Tribunal al afirmar que esa tarde su padre le vino a buscar sobre las ocho y le llevó a su casa de Tamaraceite, donde permaneció hasta las diez, hora en la que le devolvió a casa de su abuela en Tomás Morales», detalló. Un relato «totalmente falso al haber sido desmentido tanto por su abuela, quien no recordaba ni siquiera la última vez que vio al padre del menor, ni tampoco por su madre, quien aseveró que el padre apareció solamente el día 20 para verlo, pero no apareció para llevarlo a casa el 18 de marzo de 2014».
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas. En caso de que el fallo adquiriese firmeza, habría que esperar a la fase de ejecución de la sentencia para ver si Domínguez entra o no en prisión ya que es un condenado que cuenta con antecedentes penales.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.