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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a Santiago Santana Cazorla, exconsejero delegado del grupo Anfi del Mar, a un año de prisión por apropiarse indebidamente de una embarcación de recreo que pertenecía a la sociedad.
Según la sentencia, la embarcación, adquirida por Anfi del Mar en 2012, fue utilizada exclusivamente por el acusado durante su etapa como consejero delegado, aunque el bien figuraba como propiedad de la empresa en el Registro Marítimo Español. Tras cesar en el cargo en 2016, el acusado trasladó el barco a Marruecos y pasó a disponer de él como si fuese de su propiedad, sin autorización de la mercantil ni intención de restituirlo.
El tribunal de la Sección Segunda considera probado que el condenado actuó «con ánimo de obtener un beneficio patrimonial injusto» y que sus actos «provocaron un perjuicio económico» a Anfi del Mar, ya que la empresa no logró recuperar la embarcación, valorada en 42.000 euros. La Audiencia también le impone la obligación de indemnizar a la sociedad por esa cantidad, más los intereses legales devengados.
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En el fallo se subraya que el condenado utilizó un poder de representación de la empresa, ya revocado en el momento de los hechos, para gestionar el traslado del barco a Marruecos. Además, en el juicio oral, quedó acreditado que la embarcación no había sido utilizada nunca por la sociedad para sus actividades, sino únicamente por el acusado, quien incluso asumió ciertos gastos de mantenimiento, aunque esto no modificaba la titularidad del bien, registrada a nombre de Anfi del Mar.
El tribunal descarta cualquier posibilidad de que la embarcación perteneciera al acusado, argumentando que no existen pruebas que respalden su versión de haber adquirido el barco a través de un contrato privado con la anterior propietaria. Además, destaca que los pagos asociados al barco fueron realizados íntegramente por la mercantil, incluidos un cheque bancario de 15.000 euros y la compensación de una deuda entre las partes.
Finalmente, el tribunal concluye que el acusado «era plenamente consciente de su obligación de devolver el bien a la sociedad» y que, pese a ello, se apropió de la embarcación «de forma definitiva», lo que configura el delito de apropiación indebida.
La resolución, que incluye además la imposición de las costas procesales, puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
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