
El acusado de acostarse con una menor de 14 años insiste en que no sabía su edad
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Alegó que la víctima aparentaba tener más de 18 años. Las forenses dijeron que la niña no era madura como para dar su consentimientoJosé Juan Y.E., que se enfrenta a 12 años de prisión por haber mantenido relaciones sexuales con una menor de 14 años en los carnavales de 2019, insistió este lunes que era «inocente» y que en ningún momento supo la edad de la víctima cuando se acostó con ella «de forma consentida», aseveró.
Su letrado insistió en la figura del error invencible de prohibición, es decir, que su defendido actuó sin dolo ni imprudencia siendo desconocedor de que estaba cometiendo un delito, por lo que pidió que se excluyera su responsabilidad criminal.
Tanto el fiscal García Cabañas como la acusación particular ejercida por Mónica Sánchez Barragán se opusieron y manifestaron que el acusado se acostó con la víctima siendo plenamente conocedor de que ésta tenía solo 14 años. Incluso, el Ministerio Público fue más allá en su informe y manifestó a la Sala que tenía «una sensación de que aquí se ha venido a juzgar a la víctima y no es así. Hemos venido a juzgar a José Juan por unos hechos concretos y parece que la mejor manera de esconder un árbol es en el bosque. Además, se atreven a valorar la conducta, vestuario, comportamiento, consumo de bebidas y demás de la víctima como si la estuviéramos juzgado a ella», explicó.
«El objeto del debate es juzgar al acusado por haber mantenido relaciones sexuales con una niña de 14 años hasta en dos ocasiones y conociendo su edad o, cuánto menos, teniendo una duda razonable. No caigamos en aquello del error, la duda o colocarse en una situación de ignorancia deliberada».
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El acusado se mantuvo en su alegato de que se enteró de la edad de la menor cuando acabaron de mantener relaciones en casa de su abuela, que nunca habló antes con su padre y que si se presentó a un polígrafo, era para defender su inocencia.
Por su parte, las forenses Soledad Heredia y Beatriz Naranjo no tuvieron dudas a la hora de poner en cuestión el supuesto consentimiento que ofreció la víctima a la hora de mantener relaciones sexuales con el acusado: «Era una menor y no tenía facultades como para consentir una relación sexual con alguien que le duplicaba la edad. Es una niña con una serie de problemas y dentro de ellos se le añadió este asunto. No tenía la personalidad suficiente como para saber lo que estaba haciendo«, determinaron las médicos del IMLCF.
En este procedimiento, además, tanto la Fiscalía como la acusación popular interesaron a la Sala que se dedujera testimonio por la comisión de un presunto delito de falso testimonio cometido por una testigo amiga del acusado que compareció en la primera sesión. «Voy a valorar cuando tenga la grabación, abrir una diligencias de investigación por falso testimonio. Es insultante que vengan a esta Sala en la que se pide 12 años a una persona, y lo hagan mintiendo con ese descaro. Abriremos diligencias y lo remitiremos al juzgado de guardia«, dijo García Cabañas.
Mónica Sánchez Barragán añadió que no era «posible acudir a esta Sala a prestar un falso testimonio y que no tenga consecuencias. Es comprensible que se hayan olvidado de algo pero no es posible que vengan a declarar lo opuesto a lo que manifestaron en fase de instrucción«, expuso la letrada.
El procedimiento, ante la Sección Segunda de la Audiencia, quedó visto para sentencia.
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