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Las hermanas Tania y Noemí Naya, interventoras de los ayuntamientos de San Bartolomé de Tirajana y de Santa Lucía de Tirajana, respectivamente, defienden la «estricta legalidad» del expediente de contratación con el que se adjudicó por 500.000 euros a Sonocom la organización del llamado 'congreso del lujo' entre el 16 y el 19 de noviembre de 2022. Fue una actividad formativa dirigida a habilitados nacionales que, además, dio lugar a una fuerte polémica porque incluyó un concierto de Dani Martín, fuegos artificiales y cenas muy caras.
Esta defensa del procedimiento la desarrollan en un extenso escrito de alegaciones de 53 páginas que presentaron el 1 de diciembre de 2023 ante la Fiscalía Provincial de Las Palmas, que concluía, además, con la petición del archivo de las diligencias preprocesales que estaban en marcha a raíz de la denuncia de un concejal de CC de San Bartolomé, Alejandro Marichal, y del empresario Juan Manuel Pérez.
La representación legal de Tania y Noemí Naya en este caso corre a cargo del abogado José Antonio Choclán, exmagistrado conocido por haber defendido también a Fernando Clavijo, Miguel Ángel Ramírez y Conrado Domínguez.
Ni su solicitud ni sus explicaciones fueron atendidas, toda vez que la fiscal Evangelina Ríos acabó interponiendo en febrero de 2024 una querella a la que ya le ha dado curso el Juzgado de Instrucción número 1 de San Bartolomé de Tirajana, en un procedimiento en el que se investiga la posible comisión de tres delitos: prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos y falsedad documental.
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Entre los siete investigados figuran estas dos interventoras, la exalcaldesa de San Bartolomé, Conchi Narváez, ahora edil del PSOE en la oposición, y el alcalde de Santa Lucía, Francisco García, de NC.
Además de explicar, de forma detallada y punto por punto, todos aquellos trámites en los que la Fiscalía advierte posibles irregularidades, también le alertan de ciertos «errores materiales» en la querella que llevan a conclusiones equivocadas.
Entre ellas figura la fecha de publicación del anuncio de la licitación, que no fue el 9 de noviembre, sino el 31 de octubre, y dado que el cómputo de los plazos empieza a contar desde el envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), que fue el 28 de octubre, subrayan que la licitación estuvo expuesta los 17 días que contempla la ley para los procedimientos de urgencia, como era el caso.
La fiscal repara en el hecho de que Sonocom recabó presupuestos de los proveedores antes de que fuera adjudicataria del contrato, pero en su escrito tratan de explicarlo. Si datan de después de la publicación del anuncio, lo ven lógico porque las prestaciones estaban detalladas en el pliego y solo buscaría informarse. Y si son anteriores al anuncio, no descartan que la empresa, «pudiendo haberse enterado de la previsión de celebración del evento y, dado su objeto social, fuera solicitando presupuestos para estar preparada».
En todo caso, explican que no tienen conocimiento ni de presupuestos ni facturas del congreso porque, según advierten, hasta ahora la empresa no ha presentado ni la memoria ni el detalle de los gastos, por lo que tampoco se le han abonado.
Además, defienden que los dos ayuntamientos encomendaran la organización del congreso al Consorcio Sur Canaria para la Televisión Digital Terrestre, porque en este organismo están representados ambos, y porque sí tiene encaje en el objeto y finalidades del consorcio: «se trataba de dotar y de crear un contenido de producción que fuera susceptible de emisión en Este Canal TV.
La investigación judicial en marcha trata de confirmar los indicios que advierte la Fiscalía de que el concurso pudo estar preconcedido a la finalmente adjudicataria, la empresa Sonocom SL, pero ante estas sospechas Tania y Noemí Naya subrayan en su escrito de alegaciones varias consideraciones.
Una, que aunque se optó por un procedimiento negociado, este lo fue con publicidad, de ahí su publicación en el DOUE. Y dos, comoquiera que el único criterio de adjudicación que se fijó en el pliego era el del precio, si se hubiera presentado cualquier otra empresa con una oferta más baja (la de Sonocom fue al tipo, no rebajó los 500.000 euros del pliego), habría ganado el concurso. «Es una prueba manifiesta de que la adjudicación no estaba dirigida a ningún licitador». Si no, dicen, se habrían establecido criterios subjetivos.
Las dos interventoras defienden el modelo elegido, el del procedimiento negociado con publicidad, porque al tiempo que permite seleccionar a un proveedor concreto sin necesidad de una licitación abierta, la publicación del anuncio de licitación para informar a posibles interesados garantiza también la concurrencia al permitir que cualquier proveedor interesado tenga conocimiento de la oportunidad de negocio.
¿Y por qué se invitó a Sonocom y no a otras? Porque, según alegan, el técnico del Consorcio, tras un sondeo en el sector, concluyó que era la empresa que cumplía todos los requisitos. Y dejan claro que, aunque se pretenda insinuar lo contrario, el trabajador del Consorcio solo conocía a Sonocom por referencias, porque, no en vano, son los productores en exclusiva de todos los congresos celebrados en el Auditorio Alfredo Kraus, tienen la exclusividad para la celebración de congresos con varios hoteles de la isla y durante 10 años los congresos que se organicen en ExpoMeloneras.
En cualquier caso, y aunque defienden el procedimiento punto por punto, entienden que, de haber defectos, no tendrían trascendencia penal.
A las citaciones ya fijadas para el 21 de mayo, se le suman el 3 de junio las de los otros tres investigados: el representante de Sonocom, Óliver Armas, y los técnicos Alfredo Domínguez y Manuel Lorenzo.
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