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Imagen de los puestos de venta de productos de la tierra de Cruz de Tejeda. C7
El Cabildo expedienta a un puestero de Cruz de Tejeda por comercializar productos foráneos

El Cabildo expedienta a un puestero de Cruz de Tejeda por comercializar productos foráneos

El Consejo de Gobierno Insular incoa una sanción tras constatar que sigue vendiendo artículos que no son de la tierra, a pesar de haber sido informado en reiteradas ocasiones de su prohibición

CANARIAS7

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 4 de junio 2024, 12:47

El Cabildo de Gran Canaria ha decidido incoar un expediente administrativo sancionador al concesionario de uno de los puestos de venta de Cruz de Tejeda debido a que comercializa artículos foráneos y, además, ocupa el paso de tránsito entre los restantes puestos de la zona. Las dos infracciones implican una sanción de entre 100 y 300 euros en cada caso.

Tal y como consta en el documento aprobado por el Consejo de Gobierno, los concesionarios de los puestos de Cruz de Tejeda, renovados recientemente, deben cumplir cualquier obligación que le impone el pliego regulador de la concesión demanial y la descripción de la actividad a desarrollar en los referidos puestos de venta, así como las normas de uso y funcionamiento.

En este caso, los funcionarios del Servicio de Patrimonio de la Consejería de Presidencia, que coordina Teodoro Sosa, realizaron una inspección al puesto de venta de D.A.R.T. y levantaron un acta en la que se hace constar que el concesionario continúa con la exposición y venta de productos foráneos, a pesar de haber sido informado en reiteradas ocasiones de la prohibición de hacerlo, como así se refleja en el contrato firmado y en el pliego de condiciones que rigió la licitación.

Igualmente, en la misma acta se señala que el adjudicatario también viene ocupando el paso de tránsito entre los restantes puestos de venta, con la instalación de carteles y mesa de exposición de productos, lo que obstaculiza el libre paso a los viandantes.

A partir de este momento, y una vez que le sea notificado este acuerdo, el adjudicatario cuenta con un plazo de 10 días hábiles para formular las alegaciones que considere convenientes.

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