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Vista de la parcela con el barranco ya canalizado. C7

El TSJC desestima el recurso de Turcón a la licencia de la canalización en El Veril

tribunales ·

El colectivo ecologista sostiene que la obra previa al Siam Park afectaba a bienes arqueológicos que merecían protección

Gaumet Florido

San Bartolomé de Tirajana

Miércoles, 11 de mayo 2022, 02:00

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en una sentencia dictada el pasado 5 de mayo, ha desestimado el recurso que interpuso Turcón contra otro fallo judicial anterior del 7 de febrero de 2019 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria que también le negó la razón respecto a la licencia de canalización del barranco de El Veril, en San Bartolomé de Tirajana.

El Ayuntamiento dio permiso en 2017 a Loro Parque para encauzar el barranquillo como paso previo y necesario al proyecto que ya tramita para construir un gran parque acuático a la entrada de Playa del Inglés, una especie de Siam Park grancanario.

Aquel primer pronunciamiento judicial, ahora ratificado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, resolvió que el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana no había vulnerado la ley de Patrimonio Histórico de Canarias al dar la licencia. No quedaba acreditado que hubiese desprotegido yacimientos ni bienes arqueológicos.

Falta de pruebas en las tesis de Turcón

En este segundo fallo, que mantiene la validez de la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento el 7 de julio de 2017, la magistrada ponente Lucía Déborah Padilla Ramos, primero, repasa los argumentos que defiende el colectivo ecologista para explicar por qué entiende que la corporación local no ha cumplido con su deber legal de velar por la protección de los bienes arqueológicos emplazados en la zona de las obras.

Y acto seguido, le reprocha que no pruebe por qué las medidas adoptadas son insuficientes, o por qué hay que incluir en el ámbito de protección el macizo rocoso y el propio cauce del barranco.

Con informe favorable de Patrimonio Histórico

Máxime cuando le recuerda que hay informes del Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo y de una empresa contratada para las obras, Arqueocanaria, que certifican lo contrario, que sí se ha garantizado la protección de los objetos arqueológicos hallados.

Así las cosas, la magistrada ratifica la sentencia del juzgado y efectúa la expresa imposición de las costas de las dos primeras instancias. No obstante, este fallo aún no es firme y todavía es susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo.

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