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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado parcialmente un recurso que interpuso el partido AV y ha anulado el decreto del 17 de agosto de 2020 por el que el Ayuntamiento de Santa Lucía contrató a 26 trabajadores laborales con cargo a un plan de empleo que subvencionó el Cabildo destinado a parados.
Según el juez, de los 26, 16 cumplían los requisitos y los 10 restantes fueron seleccionados entre los propuestos por el Servicio Canario de Empleo «sin que conste publicidad de la convocatoria o procedimiento adicional a esa selección». Dice la sentencia que «esa selección no siguió procedimiento alguno», lo que se unió a la «absoluta opacidad de la previa y parcial preselección» que hizo el Ayuntamiento. De hecho, parte de los elegidos fueron propuestos por los propios concejales. Para González, se les contrató «prescindiendo de las normas esenciales de procedimiento y, además, con palmaria quiebra de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad que han de presidir el acceso al empleo público».
Esta sentencia, que data del 3 de junio de 2021 y aún es recurrible, no afecta a los trabajadores afectados, pues ya acabaron sus contratos, pero le sirve al portavoz de AV, Manuel Hernández, para subrayar que está decidido a acabar «con este sistema abusivo, injusto y discriminatorio, y ahora también ilegal», por el que el gobierno de CC-La Fortaleza, NC y PP «decide a su capricho a quién selecciona y aprovecha la falta de publicidad y transparencia para contratar a familiares, allegados y a integrantes de sus listas electorales». Ya en 2020 intentó sin éxito que se le aprobase una moción para publicar estas convocatorias.
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